Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LDSCA/98
Ley
LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Artículo
98

Artículo 98 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 98 dice que, para que el sistema de comercio de caña de azúcar (CICTCAÑA) funcione bien, van a crear un fondo de dinero. Ese fondo se va a juntar con aportaciones de tres partes: el Gobierno Federal, los dueños de los ingenios (industriales) y las organizaciones de cañeros. La forma de dar el dinero, las reglas y los detalles los va a decidir el Comité Nacional, que es el grupo encargado de tomar las decisiones importantes. En resumen, es un fideicomiso que se alimenta de dinero del gobierno, empresarios y productores para que todo el sistema jale parejo.

Texto oficial

Artículo 98.- Para darle viabilidad al CICTCAÑA se creará un fondo con aportaciones tripartitas, del Gobierno Federal, de los Industriales y de las Organizaciones en los términos, lineamientos y reglamentación que acuerde el Comité Nacional.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.