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Ley
LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
30

Artículo 30 de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para entrar a las escuelas del Ejército o la Armada, tienes que pasar un concurso de selección, como un examen o una prueba. Quien organiza y lleva a cabo todo el proceso de planeación y aplicación de esa prueba es la Dirección y Rectoría de esas instituciones. En pocas palabras, no entras solo por querer; necesitas competir y cumplir con lo que ellos pidan.

Texto oficial

Artículo 30.- El ingreso a las Instituciones de Educación Militar será mediante concurso de selección, cuyos procedimientos de planeación y ejecución estarán a cargo de la Dirección y Rectoría.

Ver texto oficial de la LEY de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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