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Artículo 55 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El jefe de la Auditoría Interna (quien revisa que todo esté en orden) le reporta directamente al Consejo de Administración, pero a través del Comité de Auditoría. Su trabajo es asegurarse de que se sigan las reglas, normas y controles que el Consejo puso para que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas funcionen bien. Para esto, hace revisiones periódicas con métodos de auditoría específicos y también verifica que el sistema de control interno (los mecanismos para evitar errores o fraudes) esté funcionando correctamente. Además, el Consejo debe garantizar que esta área de auditoría sea independiente, es decir, que nadie de otras áreas pueda presionarla o influir en su trabajo.

Texto oficial

Artículo 55.- La persona titular de la Auditoría Interna depende del Consejo de Administración, por conducto de su Comité de Auditoría y es la instancia ejecutora de éste. Actúa conforme a las políticas que determine el Comité de Auditoría y revisa periódicamente, mediante los procedimientos de auditoría que se determinen, que las políticas, normas y controles establecidos por el Consejo de Administración para el correcto funcionamiento de la Comisión Federal de Electricidad y, en su caso, sus empresas filiales, se apliquen de manera adecuada, así como de verificar el correcto funcionamiento del sistema de control interno. El Consejo de Administración debe garantizar la independencia de la Auditoría Interna respecto de las áreas y unidades administrativas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.