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Artículo 62 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Una empresa filial de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) es aquella en la que la CFE es dueña de más de la mitad de sus acciones, ya sea de manera directa o por medio de otra empresa. Esto aplica sin importar si la empresa se crea en México o en otro país. Estas filiales no son parte del gobierno, sino que se manejan como una empresa privada común y corriente, siguiendo las leyes del país donde se hayan registrado.

Texto oficial

Artículo 62.- Son empresas filiales de la Comisión Federal de Electricidad aquellas en las que participe, directa o indirectamente, en más del cincuenta por ciento de su capital social, con independencia de que se constituyan conforme a la legislación mexicana o a la extranjera. Las empresas filiales no son entidades paraestatales, su naturaleza jurídica y organización es conforme al derecho privado del lugar de su constitución o creación. LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 23 de 46

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

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