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Artículo 78 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo establece las reglas para que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) gaste su dinero de forma responsable y sin derrochar. Básicamente, dice que la CFE debe usar los recursos públicos de manera eficiente, evitando gastos innecesarios y priorizando siempre el beneficio de la población. También exige que todos los gastos y contrataciones sean transparentes, es decir, que se informen claramente a las autoridades que los vigilan. Además, pide simplificar procesos, reducir gastos en cosas como papelería, telefonía o viajes, y aprovechar mejor las oficinas y el equipo para no gastar de más. En resumen, la CFE debe cuidar cada peso, hacer rendir los recursos y evitar cualquier gasto que no ayude directamente a cumplir sus objetivos sociales.

Texto oficial

Artículo 78.- Los lineamientos de austeridad en el gasto y uso de recursos deben regirse, al menos, por los siguientes principios: I. Promover el uso eficiente de los recursos públicos y evitar gastos innecesarios; II. Transparentar los procedimientos, gastos y contrataciones e informar a los entes de fiscalización correspondientes; III. Priorizar el beneficio público y el cumplimiento de objetivos sociales estratégicos; IV. Priorizar el uso racional de los recursos y evitar gastos que no generen beneficios para la población; V. Simplificar procesos que no afecten la continuidad de las operaciones, no vulneren la seguridad de las personas trabajadoras de la Comisión Federal de Electricidad e instalaciones, ni afecten los programas de protección ambiental; VI. Eficientar la estructura organizacional y ocupacional sin incrementar el presupuesto autorizado, bajo principios de austeridad y racionalidad y evitar duplicidades de funciones; VII. Racionalizar la entrega de donativos y donaciones; VIII. Realizar acciones de eficiencia energética en el uso de las instalaciones de inmuebles y vehículos; IX. Eficientar el consumo de papelería, de artículos de oficina, de servicios de mensajería, y de telefonía móvil y fija; X. Racionalizar el uso de transportación privada terrestre, marítima y aérea, sin afectar la operación de la empresa y la seguridad de los trabajadores; LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 26 de 46 XI. Enajenar los bienes muebles e inmuebles, considerados no útiles para la operación de la Comisión Federal de Electricidad; XII. Racionalizar la contratación de servicios de asesorías, consultorías, estudios e investigaciones, así como por concepto de comunicación social, publicidad y comunicaciones oficiales; XIII. Privilegiar el uso de tecnologías de la información en los procesos y actividades que lo permitan, utilizar formatos electrónicos y la gestión electrónica de documentos; XIV. Incentivar la compra consolidada de bienes y servicios, para aprovechar las economías de escala de la Comisión Federal de Electricidad, y XV. Optimizar el uso del espacio físico y del mobiliario disponible y procurar reducir la adquisición o arrendamiento de inmuebles de uso administrativo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.