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Ley
LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Artículo
63

Artículo 63 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que una empresa es "filial" de Petróleos Mexicanos (Pemex) cuando Pemex es dueño de más de la mitad de esa empresa, sin importar si la empresa se creó en México o en otro país. Esas filiales no son parte del gobierno (no son paraestatales), sino que se manejan como empresas privadas, según las leyes del país donde se crearon. Si una filial mexicana se dedica a comprar y vender gasolina o petróleo, debe seguir las reglas del artículo 34 de la Ley del Banco de México. En corto: Pemex controla estas empresas, pero no son del gobierno y deben cumplir ciertas leyes bancarias si manejan combustible.

Texto oficial

Artículo 63.- Son empresas filiales de Petróleos Mexicanos aquellas en las que participe, directa o indirectamente, en más del cincuenta por ciento de su capital social, con independencia de que se constituyan conforme a la legislación mexicana o a la extranjera. Las empresas filiales no son entidades paraestatales, su naturaleza jurídica y organización es conforme al derecho privado del lugar de su constitución o creación. Las empresas filiales nacionales que tienen por objeto la compraventa o comercialización de hidrocarburos deben sujetarse a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley del Banco de México.

Ver texto oficial de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (pág. 22) ↗

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