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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFAFE/45%20Bis
Ley
LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo
45 Bis

Artículo 45 Bis de la LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso general como empresa (persona moral) y haces algún cambio, como modificar tu nombre o dirección, debes avisarle a la Secretaría a más tardar 15 días hábiles después de haber hecho el cambio. Para comprobarlo, tienes que entregar el documento original o una copia certificada donde conste la modificación, y ese papel se agregará a tu expediente. Además, ese cambio debe cumplir con todo lo que pide esta ley, su reglamento y otras reglas que emita la Secretaría.

Texto oficial

Artículo 45 Bis.- Cualquier modificación que hagan las personas morales que cuenten con algún permiso general deben hacerla del conocimiento de la Secretaría en un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de su modificación, lo que deben de acreditar con original o copia certificada del documento legal en que conste la modificación, que debe agregarse a su expediente. La modificación debe cumplir con los requisitos que señalen esta Ley y su Reglamento y demás disposiciones que emita la Secretaría. Artículo adicionado DOF 29-05-2025

Ver texto oficial de la LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos (pág. 18) ↗

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