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Artículo 7 de la LEY Federal de Austeridad Republicana

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 7 dice que el gobierno debe planear su política de austeridad (recortar gastos) basándose en un estudio previo, respetando los planes de desarrollo del país y de cada sector, como salud o educación. También tiene que crear formas de medir si esa política está funcionando. Al final de cada año, las oficinas de gobierno deben entregar un informe al Congreso explicando cuánto dinero ahorraron con estos recortes. Pero hay tres reglas importantes: no pueden recortar derechos sociales como salud o educación, deben reducir primero gastos no esenciales (como eventos o viáticos), y no pueden bajar la inversión para atender emergencias como desastres naturales. Por último, todo lo que ahorren se debe usar siguiendo las leyes de presupuesto federal.

Texto oficial

Artículo 7. La política de austeridad republicana de Estado deberá partir de un diagnóstico de las medidas a aplicar, su compatibilidad con la planeación democrática, y el respeto a los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que se establezcan de conformidad con la Ley de Planeación. Además, se deberán desarrollar indicadores de desempeño para evaluar dicha política. Al final de cada año fiscal los entes públicos obligados entregarán al Comité de Evaluación y a la Cámara de Diputados un "Informe de Austeridad Republicana" en el cual se reportarán los ahorros obtenidos por la aplicación de la presente Ley, y serán evaluados en términos de los propios lineamientos y demás normatividad aplicable. Para aplicar la política de la austeridad republicana de Estado, los entes públicos deberán: I. Abstenerse de afectar negativamente los derechos sociales de los mexicanos, previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tratados Internacionales de los que México sea parte; II. Enfocar las medidas de austeridad republicana preferente en el gasto corriente no prioritario en los términos de la presente Ley, y III. Evitar reducir la inversión en la atención a emergencias y desastres naturales o provenientes de la actividad humana. Los ahorros obtenidos con motivo de la aplicación de la presente Ley se destinarán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.