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Artículo 43 de la LEY Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 43 ya no es válido, porque fue cancelado oficialmente. Esto significa que las reglas que estaban escritas en ese artículo ya no se aplican. De hecho, todo el Capítulo IV, que trataba sobre las obligaciones del jefe del área de control interno, también fue eliminado. En pocas palabras, ya no existe ninguna ley que te obligue a cumplir con lo que decía ese artículo.

Texto oficial

Artículo 43. Se deroga Artículo reformado DOF 27-01-2017. Derogado DOF 16-07-2025 Capítulo IV De la Responsabilidad del Titular del Órgano Interno de Control Se deroga Denominación del Capítulo reformada DOF 27-01-2017. Capítulo derogado DOF 16-07-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.