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Artículo 91 de la LEY Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 91 dice que la Comisión (la autoridad que vigila la competencia) puede poner condiciones a las empresas cuando revisan si una fusión o compra de empresas es legal. Por ejemplo, puede obligarlas a hacer algo específico o a dejar de hacerlo, vender partes de su negocio, cambiar los acuerdos que tenían, o ayudar a que sus competidores entren más fácil al mercado. También puede poner otras condiciones para evitar que la concentración afecte la competencia. Eso sí, las condiciones solo pueden ser para solucionar los problemas que cause la concentración, y deben ser justas, no más de lo necesario.

Texto oficial

Artículo 91. Las condiciones que la Comisión podrá establecer o aceptar de los Agentes Económicos, en términos del artículo anterior, podrán consistir en: I. Llevar a cabo una determinada conducta o abstenerse de realizarla; II. Enajenar a terceros determinados activos, derechos, partes sociales o acciones; III. Modificar o eliminar términos o condiciones de los actos que pretendan celebrar; IV. Obligarse a realizar actos orientados a fomentar la participación de los competidores en el mercado, así como dar acceso o vender bienes o servicios a éstos, o V. Las demás que tengan por objeto evitar que la concentración pueda disminuir, dañar o impedir la competencia o libre concurrencia. La Comisión sólo podrá imponer o aceptar condiciones que estén directamente vinculadas a la corrección de los efectos de la concentración. Las condiciones que se impongan o acepten deben guardar proporción con la corrección que se pretenda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.