- Ley
- LEY Federal de Derechos
- Artículo
- 128-B
Artículo 128-B de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no está vigente, es como si hubiera sido borrado de la ley. "Derogar" significa que se canceló oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Las fechas que ves son solo el historial de cuando se cambió o eliminó. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 128-B.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 28-12-1989, 26-12-1990, 20-12-1991, 18-12-1992, 28-12-1994. Derogado DOF 15-12-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.