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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFD/128-B
Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
128-B

Artículo 128-B de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, es como si hubiera sido borrado de la ley. "Derogar" significa que se canceló oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Las fechas que ves son solo el historial de cuando se cambió o eliminó. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él porque ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 128-B.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 28-12-1989, 26-12-1990, 20-12-1991, 18-12-1992, 28-12-1994. Derogado DOF 15-12-1995

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 88) ↗

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