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Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
161

Artículo 161 de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si presentas un examen para obtener un permiso de aprendizaje o para obtener, revalidar o recuperar una licencia o certificado de capacidad, tienes que pagar $3,250.34 por cada uno de esos exámenes. Ese es el costo fijo que marca la ley. La única excepción es para los empleados de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ellos no pagan. En tu caso, como público en general, sí tienes que cubrir ese monto.

Texto oficial

Artículo 161. Por el examen para el permiso de formación o capacitación, así como por los exámenes para la obtención, convalidación y recuperación de licencias y certificados de capacidad, se pagarán derechos, por cada uno ....................................................................................................... $3,250.34 Párrafo reformado DOF 07-11-2025 No se pagarán los derechos a que se refiere este artículo cuando los servicios correspondientes sean solicitados por el personal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Artículo derogado DOF 20-12-1991. Adicionado DOF 13-11-2008. Reformado DOF 18-11-2010, 12-12-2011, 11-12-2013 LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 100 de 565 Sección Séptima Registro Público Marítimo Nacional y Servicios a la Marina Mercante Denominación de la Sección reformada DOF 09-12-2019

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 99) ↗

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