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Artículo 161 de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si presentas un examen para obtener un permiso de aprendizaje o para obtener, revalidar o recuperar una licencia o certificado de capacidad, tienes que pagar $3,250.34 por cada uno de esos exámenes. Ese es el costo fijo que marca la ley. La única excepción es para los empleados de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ellos no pagan. En tu caso, como público en general, sí tienes que cubrir ese monto.

Texto oficial

Artículo 161. Por el examen para el permiso de formación o capacitación, así como por los exámenes para la obtención, convalidación y recuperación de licencias y certificados de capacidad, se pagarán derechos, por cada uno ....................................................................................................... $3,250.34 Párrafo reformado DOF 07-11-2025 No se pagarán los derechos a que se refiere este artículo cuando los servicios correspondientes sean solicitados por el personal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Artículo derogado DOF 20-12-1991. Adicionado DOF 13-11-2008. Reformado DOF 18-11-2010, 12-12-2011, 11-12-2013 LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 100 de 565 Sección Séptima Registro Público Marítimo Nacional y Servicios a la Marina Mercante Denominación de la Sección reformada DOF 09-12-2019

Ver ley oficial en el DOF (pág. 99) ↗

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