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Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
174-I

Artículo 174-I de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una concesión o permiso para usar señales de satélites extranjeros que funcionan en México, y quieres hacer cambios como vender tus derechos o modificar los plazos y las especificaciones técnicas, debes pagar una cuota. Por ejemplo, si cambias al dueño de esos derechos, te costará $4,570.26 pesos. Si pides más tiempo para cumplir con obligaciones, pagarás $1,672.59, y si cambias las características técnicas del equipo o señal, serán $5,103.17. Quiere decir que el gobierno cobra una tarifa fija por cada tipo de trámite diferente.

Texto oficial

Artículo 174-I. Por el estudio y, en su caso, aprobación de las solicitudes de modificaciones técnicas, administrativas y legales de las concesiones y autorizaciones para explotar los derechos de emisión y recepción de señales y bandas de frecuencias asociadas a sistemas satelitales extranjeros que cubran y puedan prestar servicios en el territorio nacional, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas: Párrafo reformado DOF 09-12-2019 I. (Se deroga). Fracción derogada DOF 09-12-2019 II. Por el cambio en la titularidad por transferencia de derechos ........................ $4,570.26 III. (Se deroga). Fracción derogada DOF 09-12-2019 IV. Por la ampliación de plazos para el cumplimiento de obligaciones establecidas en la autorización ...................................................................................................... $1,672.59 V. Por modificación en las características técnicas ............................................. $5,103.17 Artículo adicionado DOF 20-12-1991. Reformado DOF 03-12-1993, 28-12-1994, 15-12-1995. Derogado DOF 10-05-1996. Adicionado DOF 18-11-2015

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 111) ↗

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