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Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
30-B

Artículo 30-B de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para obtener el permiso como intermediario de reaseguros (alguien que ayuda a empresas a contratar seguros entre aseguradoras), tienes que pagar ciertas cantidades a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Si quieres la autorización completa como intermediario, cuesta $15,455.88. Si solo te acreditan como apoderado (representante de un intermediario) para asesorar y contratar reaseguros, pagas $4,860.83, y cada cinco años que renueves ese permiso, pagas $2,543.16. Las fracciones IV, V y VI fueron eliminadas de la ley desde 1998, así que ya no aplican.

Texto oficial

Artículo 30-B.- Por el servicio de autorización o registro de intermediario de reaseguro que proporciona la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas: I.- Por la autorización definitiva como intermediario de reaseguro ......................... $15,455.88 Fracción reformada DOF 31-12-1998 II. Por la autorización para ejercer la actividad de apoderado de intermediario de reaseguro, para intervenir en el asesoramiento y contratación de reaseguro ................................ $4,860.83 Fracción reformada DOF 31-12-1998 III. Por el refrendo quinquenal de la autorización a que se refiere la fracción anterior .................................................................................................................. $2,543.16 Fracción reformada DOF 31-12-1998 IV. (Se deroga). Fracción derogada DOF 31-12-1998 V. (Se deroga). Fracción derogada DOF 31-12-1998 VI. (Se deroga). Fracción derogada DOF 31-12-1998 Artículo adicionado DOF 30-12-1996

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 52) ↗

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