Artículo 32 de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 32 dice que las empresas que son controladoras de grupos financieros (es decir, las que manejan bancos, aseguradoras u otras instituciones de ese tipo) tienen que pagar cada año una cuota por derecho de inspección y vigilancia. Ese derecho es como un cobro que hace el gobierno para revisar que todo esté en orden. La cantidad que tienen que pagar es de 554,138.21 pesos. Este artículo ha cambiado varias veces desde 1989, se eliminó en el pasado, pero después se volvió a incluir.
Texto oficial
Artículo 32. Cada entidad que pertenezca al sector de sociedades controladoras de grupos financieros, entendiéndose como tales a las sociedades controladoras previstas en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, pagará anualmente el derecho de inspección y vigilancia conforme a la cuota de ........................................................................................................................... $554,138.21 Artículo reformado DOF 28-12-1989, 20-12-1991, 18-12-1992, 03-12-1993, 15-12-1995. Derogado DOF 30-12-1996. Adicionado DOF 01-01-2002. Reformado DOF 01-12-2004, 24-12-2007. Derogado DOF 18-11-2010. Adicionado DOF 12-12-2011
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.