- Ley
- LEY Federal de Derechos
- Artículo
- 73-B
Artículo 73-B de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si necesitas que un notario o funcionario vaya a tu casa o empresa a hacer un trámite, te van a cobrar un extra por los gastos de llevar al personal y el equipo. Esos gastos extra (como los boletos de avión o taxi) los tienes que comprobar con recibos o facturas, y te darán una copia de ellos. También te pueden cobrar viáticos (dinero para comida y hospedaje del personal) según las reglas que ponga la autoridad.
Texto oficial
Artículo 73-B.- Cuando para la prestación de los servicios a que se refiere esta Sección, se requiera el traslado de personal o equipo fuera de la oficina en que se encuentre el mismo, el derecho de normas se incrementará en la cantidad equivalente a los gastos que implique el traslado de personal y equipo. Los gastos extraordinarios y de pasaje se comprobarán con los documentos en que conste la erogación, de los cuales se le entregará una copia al contribuyente; asimismo se incrementarán con los viáticos que conforme a reglas de carácter general expida la autoridad competente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.