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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFD/74-C
Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
74-C

Artículo 74-C de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Antes decía algo, pero fue cancelado por completo el 1 de diciembre de 2004. Significa que ya no hay ninguna regla en esa parte de la ley. No tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 74-C. (Se deroga). Artículo adicionado DOF 31-12-1998. Derogado DOF 01-12-2004

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 75) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.