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- Ley
- LEY Federal de Derechos
- Artículo
- 74-C
Artículo 74-C de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe. Antes decía algo, pero fue cancelado por completo el 1 de diciembre de 2004. Significa que ya no hay ninguna regla en esa parte de la ley. No tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 74-C. (Se deroga). Artículo adicionado DOF 31-12-1998. Derogado DOF 01-12-2004
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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