- Ley
- LEY Federal de Derechos
- Artículo
- 86-D
Artículo 86-D de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres obtener la aprobación para que un veterinario, especialista o laboratorio pueda trabajar en temas de salud de animales y plantas, tienes que pagar una cuota. El artículo dice cuánto cuesta ese permiso según quién lo solicite. Por ejemplo, un médico veterinario independiente paga $1,156.98, mientras que una empresa de certificación paga $137,523.48. También hay montos específicos para unidades de verificación (personas físicas o empresas) y laboratorios de pruebas. En pocas palabras, es como una tarifa oficial por el derecho a operar en este tipo de servicios agropecuarios.
Texto oficial
Artículo 86-D. Por el estudio, trámite y, en su caso, la aprobación o autorización para el funcionamiento de órganos de coadyuvancia se pagará el derecho de aprobación o autorización en materia de sanidad agropecuaria conforme a las siguientes cuotas: Párrafo reformado DOF 12-12-2011 I. Personas Físicas: Médico Veterinario Responsable, Tercero Especialista o Profesional Autorizado ............................................................................................................. $1,156.98 LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 80 de 565 Fracción reformada DOF 12-12-2011, 18-11-2015 II.- Organismos de certificación .............................................................................. $137,523.48 III.- Unidades de verificación: a).- Personas físicas ............................................................................................ $1,297.12 b).- Personas morales ....................................................................................... $10,503.40 IV.- Laboratorios de pruebas ....................................................................................... $4,151.38 V. (Se deroga). Fracción derogada DOF 12-12-2011 Reforma DOF 12-12-2011: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo Artículo adicionado DOF 30-12-1996
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.