Artículo 7 de la LEY Federal de los Derechos del Contribuyente
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno que cobra impuestos (las autoridades fiscales) tiene que publicar folletos o instructivos en cantidad suficiente y fáciles de entender, para que todos sepamos cómo pagar los impuestos de forma clara. También, cuando alguien lo pida, el SAT, el Tribunal de Justicia Fiscal y otros juzgados que ven temas de impuestos deben dar copias de las respuestas que dieron a consultas o de las sentencias que emitieron, tal como lo marca la ley de transparencia.
Texto oficial
Artículo 7o.- Las autoridades fiscales tendrán la obligación de publicar periódicamente instructivos de tiraje masivo y comprensión accesible, donde se den a conocer a los contribuyentes, de manera clara y explicativa, las diversas formas de pago de las contribuciones. Las autoridades fiscales, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación que tengan competencia en materia fiscal, deberán suministrar, a petición de los interesados, el texto de las resoluciones recaídas a consultas y las sentencias judiciales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.