Artículo 22 de la LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 22 dice que cuando una persona o empresa (como un negocio pequeño) le pide a la Secretaría, o a otra autoridad que tenga permiso para hacerlo, que le dé una cédula de microindustria, esa cédula sirve como prueba de que el negocio está registrado en el Padrón Nacional de la Microindustria. También asegura que ya cumpliste con todos los trámites, como registros, licencias o autorizaciones que vienen señalados en esa misma cédula o en sus papeles adicionales. Si tú pides inscribir tu negocio en ese Padrón y cumples con los requisitos, te van a entregar la cédula correspondiente. Además, puedes imprimir el número de tu cédula y las siglas "ART" en tus productos artesanales, como una forma de identificarlos.
Texto oficial
ARTICULO 22.- La cédula de microindustria que expida la Secretaría o las autoridades en las que tal atribución se delegue, acreditará que la empresa persona física o moral microindustrial figura en el Padrón, y que se encuentran satisfechos los requisitos relativos a registros, licencias o autorizaciones, que en la propia cédula o en sus anexos se indiquen. A las personas que soliciten la inscripción en el Padrón Nacional de la Microindustria, se les otorgará, una vez satisfechos los requisitos, la cédula correspondiente. El número de la cédula de microindustria, así como las siglas "ART", podrán ir impresas en los productos artesanales. Párrafo adicionado DOF 22-07-1991
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.