Artículo 29 de la LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La cédula de microindustria es como una credencial que debe traer datos básicos de tu negocio: el nombre de la empresa, dónde está, a qué se dedica, cuánto dinero se invirtió o tiene de capital, y su número de registro con la fecha en que se emitió. Esta credencial dura 3 años, y antes de que se venza ese plazo, tienes que pedir que te la renueven (eso se llama refrendo). Si tu negocio ya no cumple con los requisitos para ser considerado microindustria, debes avisar y entregar la cédula a la Secretaría o a la autoridad encargada para que la cancelen, y tienes máximo 15 días hábiles después de que dejes de cumplir para hacerlo.
Texto oficial
ARTICULO 29.- La cédula de microindustria deberá contener por lo menos los siguientes datos: nombre, denominación o razón social de la empresa; domicilio; actividad; monto de la inversión o del capital social; número de registro y fecha de expedición de la cédula. La cédula de microindustria tendrá una vigencia de tres años, y consignará los refrendos de que sea objeto. Antes del vencimiento de cada lapso de vigencia, deberá solicitarse el refrendo correspondiente. Cuando las personas físicas o las sociedades de responsabilidad limitada microindustriales, dejen de reunir los requisitos que establece esta Ley para ser consideradas microindustrias, darán el aviso correspondiente y remitirán la cédula, para su cancelación, a la Secretaría o a la autoridad en la que delegue esa función, a más tardar dentro de los quince días hábiles siguientes a que esto ocurra.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.