Artículo 14 de la LEY de Fondos de Inversión
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los fondos de inversión, por medio de su consejo de administración, deben fijar un tope máximo de acciones que una sola persona puede tener. También deben crear reglas para que ciertas personas puedan tener temporalmente más acciones de ese tope. Todo esto tiene que estar explicado claramente en los folletos que le dan a los inversionistas. Las empresas que manejan los fondos o las que venden las acciones están obligadas a darles a los accionistas información actualizada sobre cuántas acciones tienen y cuánto valen. Esto es para que todos cumplan con lo que dice esta ley.
Texto oficial
Artículo 14.- Los fondos de inversión, a través del consejo de administración de la sociedad operadora de fondos de inversión, establecerán límites máximos de tenencia por accionista y determinarán políticas para que las personas que se ajusten a las mismas, adquieran temporalmente porcentajes superiores a tales límites, debiendo esto contenerse en sus prospectos de información al público inversionista. Las sociedades operadoras o las personas que presten servicios de distribución de acciones de fondos de inversión, deberán implementar por cuenta de estas, mecanismos que permitan a sus accionistas, contar con información oportuna relativa al porcentaje y valor de su tenencia accionaria, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el presente artículo. Párrafo reformado DOF 28-12-2023 Artículo reformado DOF 10-01-2014 Capítulo Tercero Del capital social y derechos de los accionistas Capítulo adicionado DOF 10-01-2014
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.