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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFIV_230518/32
Ley
LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola
Artículo
32

Artículo 32 de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión tiene la tarea de promover y dar a conocer los vinos mexicanos. Puede hacer folletos, videos o anuncios para que la gente conozca el Vino Mexicano. También puede trabajar con el gobierno federal, estatal y municipal para crear programas de apoyo a los productores de vino. Además, puede hacer todo lo que las leyes le permitan para cumplir con este trabajo.

Texto oficial

Artículo 32. Corresponden a la Comisión la promoción y difusión de los productos vitivinícolas, la cual podrá: I. Elaborar material de promoción para dar a conocer el Vino Mexicano; II. Impulsar el diseño de políticas públicas a fin de propiciar la definición de programas específicos o conceptos de apoyo dentro de aquellas políticas existentes en los tres órdenes de gobierno, y III. Las demás que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola (pág. 8) ↗

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