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Artículo 1 de la LEY de Fomento para la Lectura y el Libro

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas de esta ley son obligatorias para todas las personas en todo México, porque buscan proteger el bienestar de la sociedad. También aclara que, si hay otras leyes parecidas (como la de Imprenta, Derecho de Autor, Educación o Bibliotecas), se siguen aplicando, pero solo si no van en contra de lo que dice esta ley. En pocas palabras, esta ley es la que manda cuando otras leyes digan algo diferente.

Texto oficial

Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público, de interés social y de observancia general en todo el territorio nacional. Lo establecido en esta Ley se aplicará sin perjuicio de lo ordenado en la Ley de Imprenta, la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley General de Educación, la Ley General de Bibliotecas y sus respectivos reglamentos, así como cualquier otro ordenamiento en la materia, siempre y cuando no contravengan lo que en ésta se dispone.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.