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Artículo 31 de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno federal puede dar más tiempo del que ya se había fijado para hacer un trámite, siempre y cuando no pase de la mitad del plazo original. Por ejemplo, si tenías 10 días para entregar un documento, te pueden dar hasta 5 días extra, pero no más. El gobierno puede hacerlo por su cuenta o si tú lo pides, pero solo si el caso lo amerita y no afecta los derechos de nadie más. En pocas palabras, es una forma de pedir una prórroga sin pasarse del límite permitido.

Texto oficial

Artículo 31.- Sin perjuicio de lo establecido en otras leyes administrativas, la Administración Pública Federal, de oficio o a petición de parte interesada, podrá ampliar los términos y plazos establecidos, sin que dicha ampliación exceda en ningún caso de la mitad del plazo previsto originalmente, cuando así lo exija el asunto y no se perjudiquen los derechos de los interesados o de terceros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.