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Ley
LEY Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo
40

Artículo 40 de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 40 dice que si una notificación no se hizo bien (como entregarla a la persona equivocada o sin seguir el proceso correcto), esa notificación empezará a valer legalmente solo hasta que: 1. Tú o tu abogado digan por escrito que ya saben lo que dice la notificación, o 2. Presentes un recurso (un escrito para impugnar o quejarte de lo que te notificaron). En otras palabras, si te llega mal una notificación, no cuenta como recibida hasta que tú aceptes conocerla o hagas algo para defenderte.

Texto oficial

Artículo 40.- Las notificaciones irregularmente practicadas surtirán efectos a partir de la fecha en que se haga la manifestación expresa por el interesado o su representante legal de conocer su contenido o se interponga el recurso correspondiente.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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