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Ley
LEY Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo
76

Artículo 76 de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien comete una falta, la autoridad puede aplicarle varias sanciones al mismo tiempo, como una multa y también clausurar su negocio. Todas estas sanciones están en el Artículo 70 de esta ley. Pero hay una excepción clara: el arresto no se puede combinar con otro castigo. Es decir, si te arrestan, no te pueden multar además por la misma falta.

Texto oficial

Artículo 76.- Las sanciones administrativas podrán imponerse en más de una de las modalidades previstas en el Artículo 70 de esta Ley, salvo el arresto.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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