Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFPC/139
- Ley
- LEY Federal de Protección al Consumidor
- Artículo
- 139
Artículo 139 de la LEY Federal de Protección al Consumidor
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 139 fue eliminado de la ley desde febrero del 2004, por lo que ya no existe ni tiene ningún efecto. "Derogar" significa que se cancela o se borra una regla del código, como si la quitaran del libro. Como ya no está vigente, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni aplicarlo en ningún caso.
Texto oficial
ARTÍCULO 139.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-02-2004
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.