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Ley
LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Artículo
16

Artículo 16 de la LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 16 dice que el gobierno debe enfocarse en mejorar las semillas para que los agricultores tengan mejores cosechas. Los objetivos principales son: apoyar la investigación para crear semillas más resistentes y conservar las variedades tradicionales, ayudar a los pequeños productores a conseguir semillas de buena calidad, y dar capacitación técnica a quienes trabajan con semillas. También se busca crear un sistema de información sobre semillas que sea público y transparente, y fomentar la colaboración entre científicos, agricultores y vendedores. Por último, se quiere que los productores se organicen formalmente para tener más voz en estos temas.

Texto oficial

Artículo 16.- La política en materia de semillas tendrá como objetivos: I. Promover y fomentar la investigación científica y tecnológica para el mejoramiento y obtención de semillas, así como para la conservación y aprovechamiento de variedades vegetales de uso común; II. Fomentar e implementar mecanismos de integración y vinculación entre la investigación, la producción, el comercio y la utilización de semillas; III. Promover esquemas para que los pequeños productores tengan acceso preferente a nuevas y mejores semillas; IV. Apoyar acciones y programas de capacitación y asistencia técnica para los sectores representados en el Sistema; V. Establecer un sistema de información en materia de semillas, considerando las previsiones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; VI. Promover la vinculación de los programas, proyectos, instrumentos, mecanismos de fomento y apoyo, con los instrumentos y mecanismos previstos en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; VII. Promover la organización institucionalizada de productores, comercializadores, obtentores, mantenedores y fitomejoradores, para fortalecer su participación en las materias que regula esta Ley; y VIII. Promover la producción y utilización de nuevas y mejores semillas.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (pág. 9) ↗

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