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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFPCCS_110518/41
Ley
LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Artículo
41

Artículo 41 de la LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te castigan por algo administrativo (como una multa de gobierno), eso no quita que también puedas tener que pagar daños o enfrentar un juicio penal si aplica. O sea, te pueden aplicar varias sanciones al mismo tiempo por diferentes razones. Además, pueden sumarse otros castigos de otras leyes, no solo de este capítulo.

Texto oficial

Artículo 41.- Las sanciones administrativas previstas en este Capítulo se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que se hubiere incurrido, así como las administrativas que se deriven de otros ordenamientos. CAPÍTULO X DEL RECURSO DE REVISIÓN

Ver texto oficial de la LEY Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (pág. 16) ↗

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