Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 35 de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si una empresa quiere pasar tus datos personales a otra persona o empresa (que no sea la que los está manejando por ellos), primero tiene que darle a esa persona o empresa una copia del aviso de privacidad y explicarle para qué usas tú tus datos. Además, todo el manejo de tus datos debe hacerse exactamente como se acordó en ese aviso. En el aviso de privacidad debe venir una parte donde tú digas si estás de acuerdo o no en que pasen tus datos. Por último, quien recibe tus datos tiene las mismas obligaciones de cuidarlos que tenía la empresa que te los pidió primero.

Texto oficial

Artículo 35. Cuando el responsable pretenda transferir los datos personales a terceros nacionales o extranjeros, distintos de la persona encargada deberá comunicar a éstos el aviso de privacidad y las finalidades a las que la persona titular sujetó su tratamiento. LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 10 de 24 El tratamiento de los datos se hará conforme a lo convenido en el aviso de privacidad, el cual contendrá una cláusula en la que se indique si la persona titular acepta o no la transferencia de sus datos, de igual manera, el tercero receptor, asumirá las mismas obligaciones que correspondan al responsable que transfirió los datos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.