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Artículo 42 de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Instituto (la autoridad encargada de proteger tus datos) tiene hasta 50 días para darte una respuesta sobre tu queja. Ese tiempo empieza a contar desde el día que entregaste tu solicitud de protección de datos. Si hay una razón válida (como que el caso sea muy complicado), pueden pedir una prórroga de otros 50 días máximo, pero solo una vez. Al final, la autoridad debe resolver si se respetaron tus derechos.

Texto oficial

Artículo 42. El plazo máximo para dictar la resolución en el procedimiento de protección de derechos será de cincuenta días, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de protección de LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 13 de 24 datos. Cuando haya causa justificada, la Secretaría podrá ampliar por una vez y hasta por un período igual este plazo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.