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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFPDPPP/63
Ley
LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Artículo
63

Artículo 63 de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si alguien engaña a otra persona para obtener y usar sus datos personales con el único propósito de sacar dinero ilegalmente, se va a la cárcel de seis meses hasta cinco años. O sea, si te hacen creer algo falso para que les des tus datos y luego los usan para estafarte o ganar dinero, ese delito se castiga con prisión. También aplica si la persona que te da los datos se equivoca o está confundida, y el otro se aprovecha de eso. En pocas palabras, es un delito grave robar información personal mediante trucos o mentiras para beneficio propio.

Texto oficial

Artículo 63. Se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre la persona titular o la persona autorizada para transmitirlos.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.