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Ley
LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Artículo
62

Artículo 62 de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien tiene permitido manejar tus datos personales y, a propósito para ganar dinero, provoca que esa información se filtre o se exponga sin permiso, le pueden dar cárcel de tres meses hasta tres años. Esto aplica cuando la persona cuida bases de datos y, por querer sacar provecho económico, rompe la seguridad de las mismas. La ley castiga a quien, teniendo acceso legal a los datos, los descuida o los usa mal para ganar dinero. En pocas palabras, es un delito que protege tu información personal cuando está en manos de quien debe cuidarla.

Texto oficial

Artículo 62. Se impondrán de tres meses a tres años de prisión al que, estando autorizado para tratar datos personales, con ánimo de lucro, provoque una vulneración de seguridad a las bases de datos bajo su custodia.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.