- Ley
- LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
- Artículo
- 61
Artículo 61 de la LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo no tiene efecto porque fue derogado, es decir, cancelado o eliminado de la ley. Desde el 20 de marzo de 2014 ya no es válido ni se aplica en ningún caso. Así que no debes preocuparte por cumplirlo o entenderlo, porque simplemente ya no existe. Si buscas alguna regla relacionada con lo que antes decía, necesitas consultar el artículo que lo reemplazó o la ley actual.
Texto oficial
Artículo 61.- Derogado. Artículo derogado DOF 20-03-2014
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.