Artículo 56 de la LEY Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el gobierno puede quitar los permisos para hacer ciertas actividades riesgosas (como prestar dinero, vender joyas o manejar obras de arte) si la persona vuelve a cometer faltas como no avisar quiénes son sus clientes o no reportar operaciones sospechosas. También se le pueden cancelar si se descubre que hizo negocios con dinero ilícito o si no le dio seguimiento a las alertas de lavado de dinero que le marcó el sistema. Cuando eso pasa, la autoridad que dio el permiso debe avisarle a otras dependencias para que investiguen y, si toca, apliquen multas o castigos. Después, esas autoridades tienen que informar cómo terminó el asunto.
Texto oficial
Artículo 56. Son causas de revocación de los permisos o autorizaciones otorgadas por autoridades competentes a aquellas personas que realicen las Actividades Vulnerables a que se refieren las fracciones I, IX y X del artículo 17 de esta Ley, además de las señaladas en las disposiciones jurídicas aplicables: Párrafo reformado DOF 16-07-2025 I. La reincidencia en cualquiera de las conductas previstas en el artículo 53 fracciones I, II, III y IV de esta Ley, o II. Cualquiera de las conductas previstas en el artículo 53 fracciones VI y VII de esta Ley. La Secretaría informará de los hechos constitutivos de la causal de revocación a las autoridades competentes, a efecto de que éstas ejerzan sus atribuciones en la materia y, en su caso, apliquen las sanciones correspondientes, y solicitará información a dichas autoridades sobre el resultado o conclusión del procedimiento que, en su caso, se haya instaurado. Párrafo reformado DOF 16-07-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.