Artículo 1 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley aplica para todo el país y nadie puede ponerle peros, porque es de orden público. Ojo, eso no significa que esté por encima de los tratados internacionales que México haya firmado. La persona encargada de hacerla cumplir es el gobierno federal, pero a través del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Texto oficial
Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en toda la República, sin perjuicio de lo establecido en los Tratados Internacionales de los que México sea parte. Su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Federal por conducto del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.