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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFPPI/257%20Bis
Ley
LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Artículo
257 Bis

Artículo 257 Bis de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cambias el nombre de tu empresa o la forma legal en que está constituida (por ejemplo, de persona física a sociedad), y tienes una solicitud o registro de una marca, debes avisar y registrar ese cambio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). De no hacerlo, ese cambio no tendrá validez frente a otras personas. En pocas palabras, si alguien más usa tu marca después del cambio, no podrás reclamarle legalmente si no registraste la actualización. Es un trámite obligatorio para que tu derecho sobre la marca se mantenga vigente ante todos.

Texto oficial

Artículo 257 Bis.- Cuando exista un cambio de nombre o denominación o razón social o transformación de régimen jurídico de la persona titular de una solicitud o registro de marca, se deberá inscribir ante el Instituto, para que pueda producir efectos en perjuicio de terceras personas. Artículo adicionado DOF 03-04-2026

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial (pág. 68) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.