- Ley
- LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
- Artículo
- 295
Artículo 295 de la LEY Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si se cancela la acreditación de un producto con indicación geográfica protegida (como un tequila o mezcal de cierta región), el Instituto detiene los beneficios de esa declaración temporalmente. Esto dura hasta que se nombre a otra persona o empresa responsable que cumpla con los requisitos. En otras palabras, el producto deja de tener el sello de origen hasta que alguien más se haga cargo legalmente.
Texto oficial
Artículo 295.- En caso de que la acreditación sea cancelada, el Instituto suspenderá los efectos de la declaración de la indicación geográfica protegida hasta en tanto se acredite una nueva persona responsable. Artículo reformado DOF 03-04-2026
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.