Artículo 18 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 18 dice que si alguien propone aumentar el gasto del gobierno en el Presupuesto de Egresos, debe ir acompañado de una propuesta para generar más ingresos (como nuevos impuestos) que no sea solo pedir prestado, o bien, recortar gastos en otras partes. También aclara que no se puede pagar nada que no esté en ese presupuesto, a menos que una ley nueva lo autorice, pero antes hay que asegurar de dónde saldrá el dinero extra. Las comisiones del Congreso, con ayuda del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, deben analizar cuánto costará cada nueva ley o decreto, y pueden pedir la opinión de la Secretaría de Hacienda. Finalmente, el Presidente también debe evaluar el impacto económico de las leyes que él mismo proponga al Congreso.
Texto oficial
Artículo 18.- A toda propuesta de aumento o creación de gasto del proyecto de Presupuesto de Egresos, deberá agregarse la correspondiente iniciativa de ingreso distinta al financiamiento o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 54, no procederá pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos o determinado por ley posterior; en este último caso primero se tendrá que aprobar la fuente de ingresos adicional para cubrir los nuevos gastos, en los términos del párrafo anterior. Las comisiones correspondientes del Congreso de la Unión, al elaborar los dictámenes respectivos, realizarán una valoración del impacto presupuestario de las iniciativas de ley o decreto, con el apoyo del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, y podrán solicitar opinión a la Secretaría sobre el proyecto de dictamen correspondiente. El Ejecutivo Federal realizará una evaluación del impacto presupuestario de las iniciativas de ley o decreto que presente a la consideración del Congreso de la Unión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.