LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria para todos y sirve para poner reglas claras sobre cómo se planea, pide, aprueba, gasta, controla y evalúa el dinero del gobierno federal. Tanto los ingresos (lo que entra, como impuestos) como los egresos (lo que se gasta) deben manejarse con honestidad, eficiencia, transparencia y sin derroches, además de tomar en cuenta la igualdad entre hombres y mujeres. La Auditoría Superior de la Federación, que es como el "vigilante" del dinero público, se encarga de revisar que todos los que deben cumplir esta ley lo hagan al pie de la letra.
- Art. 2**Artículo 2** de la Ley de Presupuesto: define palabras clave para que todas las dependencias del gobierno se entiendan igual. 1. **Actividad institucional**: las acciones que hacen las dependencias para cumplir sus programas, según lo que les marca su ley. 2. **Adecuaciones presupuestarias**: cambios que se hacen al presupuesto ya aprobado (como mover dinero entre programas o ajustar fechas) para cumplir mejor los objetivos. 3. **Ahorro presupuestario**: el dinero que sobra del presupuesto después de cumplir las metas, sin deber nada. 4. **Anexos Transversales**: partes del presupuesto donde se juntan recursos para temas específicos como igualdad de género, niños, indígenas, jóvenes, campo, ciencia, energía, grupos vulnerables, cambio climático y anticorrupción. 5. **Auditoría**: se refiere a la Auditoría Superior de la Federación, que revisa cómo se gasta el dinero. 6. **Clasificador por objeto del gasto**: un sistema para ordenar todas las compras y pagos del gobierno, de manera clara y pareja. 7. **Cuenta Pública**: el informe oficial de cuánto dinero usó el gobierno federal en el año. 8. **Déficit presupuestario**: el dinero que el gobierno pide prestado cuando gasta más de lo que ingresa. 9. **Dependencias**: las secretarías de Estado (como Educación, Salud), sus oficinas regionales y algunos organismos reguladores.
- Art. 3Este artículo dice quién es el encargado de aclarar dudas sobre cómo aplicar la Ley de Presupuesto. Para los asuntos del gobierno federal (el Ejecutivo), la explicación de la ley la dan la Secretaría de Hacienda y la Función Pública, cada una en lo que le toca. Cuando la ley no conteste algo, se usan como apoyo la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Fiscal de la Federación. Todas las dependencias del gobierno deben seguir las reglas que saquen esas dos instituciones para cumplir bien la ley, y esas reglas se tienen que publicar en el Diario Oficial de la Federación para que todos las conozcan.
- Art. 4El gasto público (el dinero del gobierno) se usa para varias cosas: pagar gastos diarios como sueldos y servicios, cubrir la deuda pública, hacer obras (como carreteras o escuelas), invertir en proyectos financieros y pagar indemnizaciones. Ese dinero lo manejan el Poder Legislativo (diputados y senadores), el Poder Judicial (jueces), los órganos autónomos (como el INE), los tribunales administrativos, la Presidencia de la República, las dependencias (secretarías de Estado) y las entidades (empresas del gobierno). Todos estos deben rendir cuentas de cómo usan los recursos públicos. Además, deben tener un área interna que planee, controle y evalúe cómo gastan, buscando un equilibrio entre la supervisión, los costos de revisión y los resultados de sus programas.
- Art. 5Este artículo del presupuesto federal dice que algunos poderes y organismos tienen libertad para manejar su propio dinero, pero con reglas claras. Los poderes Legislativo y Judicial, y los organismos autónomos (como el INE o la CNDH), pueden decidir cuánto gastar y cómo, siempre y cuando sigan la ley y los criterios económicos del gobierno. Por ejemplo, pueden hacer cambios a su presupuesto sin pedir permiso a la Secretaría de Hacienda, pero deben rendir cuentas y ser transparentes. En cambio, otras entidades públicas, como las empresas del gobierno, tienen menos libertad: pueden ajustar su gasto solo si no se pasan del límite de dinero que ya les autorizaron. En resumen, cada quien tiene sus propias reglas para gastar el dinero, pero todos deben ser eficientes, eficaces y transparentes.
- Art. 6El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, se encarga de planear, asignar el dinero, revisar y controlar el gasto público de todas las dependencias y oficinas del gobierno. Además, la Secretaría de la Función Pública verifica que ese gasto se haga correctamente según la ley. Los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos autónomos (como el INE), deben coordinarse con Hacienda para planear su presupuesto, pero ellos mismos controlan y evalúan cómo gastan su dinero, de acuerdo con sus propias reglas.
- Art. 7Las oficinas del gobierno que coordinan un sector (como salud, educación o energía) son las encargadas de guiar y organizar cómo se planea, programa, presupuesta, controla y evalúa el gasto público de las instituciones que están bajo su mando. Si hay alguna institución que no depende de ninguna de esas oficinas, entonces la Secretaría (que sería como la jefa de todas) es la que se encarga de guiar y coordinar esas mismas actividades. En otras palabras, el artículo dice quién tiene la responsabilidad de administrar el dinero del gobierno según el tipo de dependencia. Es como un sistema para que nadie se quede sin supervisión.
- Art. 8El gobierno federal, a través de la Secretaría correspondiente, decide si el Estado puede meterse como socio en empresas o asociaciones, ya sean civiles o comerciales. Esto aplica cuando se quiere crear una empresa nueva, aumentar su dinero o bienes, o comprar una parte o la totalidad de una que ya existe. Todo esto se hace siguiendo las reglas de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, que es la ley que controla a las empresas del gobierno. En pocas palabras, el gobierno necesita autorización oficial para invertir o ser dueño de empresas privadas o públicas.
- Art. 9Este artículo explica cómo se manejan los fideicomisos públicos, que son como "cajas de ahorro" que el gobierno usa para juntar dinero y destinarlo a proyectos importantes para el país, como carreteras o apoyos sociales. El Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda, puede crear estos fideicomisos, y también el Congreso, los jueces y otras oficinas autónomas pueden hacerlo si tienen presupuesto aprobado. Para que un fideicomiso funcione o reciba más dinero, necesita el permiso del Ejecutivo Federal o de la Secretaría, según el caso, y quien lo maneje debe reportar cada tres meses cómo se gasta el dinero, incluyendo las ganancias que genere. Las dependencias solo pueden dar dinero a estos fideicomisos si siguen reglas estrictas: su jefe debe autorizarlo, avisar a la Secretaría y usar partidas específicas del presupuesto.
- Art. 9 BisCuando una dependencia del gobierno firma un contrato para construir obra pública importante (como carreteras, puentes o proyectos de energía), tiene que entregar información que muestre claramente cuánto dinero se gasta, cuánto se debe, y los riesgos que puedan surgir. Todo esto debe hacerse siguiendo las mismas reglas contables del gobierno para que la información sea transparente y se pueda revisar. Las empresas que trabajen con el gobierno también están obligadas a dar todos los datos que se les pidan, y eso debe estar escrito en el contrato. Además, si hay riesgos o imprevistos, las empresas tienen que reportarlos directamente a la Secretaría correspondiente.
- Art. 10Las oficinas del gobierno (dependencias y entidades) pueden dar dinero (subsidios o donativos) a los fideicomisos que creen los estados o los particulares, pero ese dinero sigue siendo público; eso significa que se puede revisar y auditar. Si te dan dinero en efectivo, debe ser según las reglas de esta ley. Ese dinero debe estar en una subcuenta especial, y cada tres meses hay que reportar cuánto entró, cuánto salió, los intereses que generó y en qué se gastó. Si el fideicomiso es de particulares, el dinero del gobierno no puede ser más de la mitad del total del fideicomiso. Si el fideicomiso es de un estado, se necesita un permiso especial si el dinero del gobierno supera la mitad, y se debe avisar a dos secretarías. Si el estado o los particulares se comprometen a poner dinero junto con el gobierno y no cumplen, el gobierno deja de darles los siguientes pagos.
- Art. 11Este artículo habla sobre los fideicomisos (fondos que se crean con dinero público para un fin específico). Primero, dice que estos fideicomisos deben registrarse y renovar su registro cada año ante la Secretaría (la dependencia del gobierno que los supervisa), y también deben registrar las subcuentas (partes del fondo) y reportar información cada año, siguiendo el Reglamento (el manual de reglas que lo detalla). La dependencia o entidad del gobierno que dio el dinero o coordina el fideicomiso es responsable de que ese dinero se use solo para lo que fue creado. Cada tres meses y en la Cuenta Pública (el informe anual del gasto público), deben incluir un reporte sobre cómo cumplieron los objetivos del fideicomiso y cuánto gastaron, y poner esa información en internet para que cualquier persona pueda consultarla. Si no se cumplen los registros o autorizaciones necesarios, las dependencias deben dejar de aportar más dinero al fideicomiso. Finalmente, cuando se termine el fideicomiso, todo el dinero público que sobre debe devolverse a la Tesorería de la Federación (la caja grande del gobierno federal) o a la tesorería de la entidad estatal, según las reglas aplicables.
- Art. 12El Poder Legislativo, el Poder Judicial y las oficinas independientes del gobierno tienen que publicar, en el Diario Oficial de la Federación (el periódico oficial del país), cuánto dinero recibieron, cuánto gastaron, y cómo se usaron los fondos de los fideicomisos (fondos especiales para un propósito específico) en los que participan. Esa misma información se debe enviar a la Secretaría de Hacienda con al menos 10 días hábiles de anticipación para que ella arme los informes trimestrales, y también tienen que reportarle a la Auditoría Superior cómo se usaron esos recursos. Si se termina o cierra un fideicomiso, el dinero que sobre debe devolverse a la tesorería correspondiente, a menos que el contrato diga otra cosa.
- Art. 13Este artículo dice que las personas encargadas de gastar el dinero del gobierno pueden hacer sus trámites y dar autorizaciones de dos formas: con documentos impresos firmados a mano o usando sistemas electrónicos autorizados, donde en lugar de firma manuscrita usarán una clave o identificación digital. La Secretaría de Hacienda va a poner las reglas para usar esos sistemas, como qué trámites se pueden hacer, cómo deben ser los equipos, qué requisitos deben cumplir los funcionarios y cómo guardar los archivos electrónicos. Esa identificación electrónica tiene el mismo valor legal que una firma a mano, así que si decides usarla, aceptas sus consecuencias legales. Los encargados del gasto deben cuidar bien esos sistemas, proteger la información y mantener la seguridad. Los otros poderes, como el Legislativo y Judicial, tienen que firmar un acuerdo con la Secretaría para poder usar estos sistemas.
- Art. 14La Secretaría de Hacienda va a crear un sistema para manejar el dinero del Gobierno Federal. Su objetivo es que gastar y mover el dinero cueste menos, y que los pagos a estados y municipios lleguen más rápido, juntando toda la información para mejorar el presupuesto. El Congreso, los jueces y otros órganos autónomos solo tendrán que ponerse de acuerdo con la Secretaría para usar este sistema y entregar sus datos de forma periódica. Todos los que gastan dinero público deben meter su información financiera al sistema, siguiendo las reglas que ponga la Secretaría.
- Art. 15Este artículo dice que la dependencia encargada de las finanzas (la Secretaría) tiene que revisar y responder a los pedidos de permiso sobre dinero del gobierno que le hagan otras oficinas públicas. Debe hacerlo dentro de un plazo de tiempo que ya está establecido en las reglas generales. Si ese plazo se vence y la Secretaría no te ha dado una respuesta, se considera automáticamente que tu solicitud fue aprobada, pero solo en los casos y con los requisitos que marque el reglamento. Además, si tú pides un comprobante de que tu solicitud ya fue aceptada sin respuesta, la Secretaría está obligada a dártelo en un máximo de cinco días hábiles después de que lo pidas.
- Art. 16El artículo 16 dice que tanto el plan de ingresos del gobierno (Ley de Ingresos) como su plan de gastos (Presupuesto de Egresos) deben hacerse siguiendo metas económicas claras que se puedan medir, y deben incluir indicadores para saber si se están cumpliendo. Todo esto tiene que estar alineado con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que de él salen. Además, el artículo exige que se incluya, por lo menos, la política económica general, las metas y estrategias anuales, y proyecciones de las finanzas públicas para los próximos 5 años. También se debe explicar cómo se va a lograr todo esto, mencionar los riesgos que puedan afectar el dinero del gobierno y proponer acciones para enfrentarlos, incluyendo los compromisos de gasto a futuro.
- Art. 17Este artículo dice que el dinero que el gobierno planea recibir y gastar cada año debe ayudar a cumplir las metas financieras del país. Si al final del año el gobierno se desvía más del 2% de lo que gastó originalmente, la Secretaría de Hacienda tiene que explicar por qué en su último informe del año. También, el gasto total del gobierno debe mantener un equilibrio, como cuando ajustas tus gastos para no endeudarte más de lo que puedes pagar. En situaciones difíciles, se permite gastar más de lo que se tiene (déficit), pero el gobierno debe explicar cuánto necesita, por qué, y cómo planea salir de esa deuda. Finalmente, estos préstamos o deudas deben ser manejados con cuidado para que las finanzas del gobierno se mantengan sanas y no se salgan de control.
- Art. 18El artículo 18 dice que si alguien propone aumentar el gasto del gobierno en el Presupuesto de Egresos, debe ir acompañado de una propuesta para generar más ingresos (como nuevos impuestos) que no sea solo pedir prestado, o bien, recortar gastos en otras partes. También aclara que no se puede pagar nada que no esté en ese presupuesto, a menos que una ley nueva lo autorice, pero antes hay que asegurar de dónde saldrá el dinero extra. Las comisiones del Congreso, con ayuda del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, deben analizar cuánto costará cada nueva ley o decreto, y pueden pedir la opinión de la Secretaría de Hacienda. Finalmente, el Presidente también debe evaluar el impacto económico de las leyes que él mismo proponga al Congreso.
- Art. 19Este artículo dice que el Gobierno Federal (a través de la Secretaría de Hacienda) puede gastar más dinero del que ya estaba aprobado en el Presupuesto, pero solo si le sobran ingresos (por ejemplo, si se junta más dinero del esperado por impuestos o por ventas de servicios). Ese dinero extra se usa primero para cubrir gastos que no se sabían con certeza, como el costo de la deuda o la atención de desastres naturales, y luego para lo que se necesite según las reglas del artículo. Si los ingresos extras son por apoyos en tarifas eléctricas, se pueden usar automáticamente para cubrir esos costos. Cuando el sobrante viene de ingresos que ya tenían un destino fijo por ley (como impuestos especiales), solo se puede gastar en ese mismo fin, y la Secretaría debe avisar a la Cámara de Diputados en un plazo de 30 días. Por último, si el dinero extra lo generan las propias dependencias o empresas del gobierno (por ejemplo, un centro de investigación), se queda con ellas, pero en algunos casos necesitan permiso de la Secretaría.
- Art. 19 BisEste artículo dice que el dinero extra que el Banco de México le da al Gobierno Federal (como ganancias de operación) se debe usar de dos maneras obligatorias. Primero, al menos el 70% de ese dinero debe irse a pagar deudas viejas del gobierno o a reducir lo que necesita pedir prestado para tapar el déficit (que es cuando gastaste más de lo que tenías). El resto, hasta el 100%, se guarda en un fondo de emergencia llamado Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios o se usa para comprar cosas que mejoren la salud financiera del gobierno. Además, la Secretaría de Hacienda está obligada a informar cada tres meses, en un reporte público, en qué se gastó ese dinero y cómo ayudó a bajar la deuda total del país.
- Art. 19 QuaterEste artículo dice que cuando un estado, municipio u organismo público de México pague algún impuesto, multa o deuda que le deba al gobierno federal, ese dinero se va a juntar en la Tesorería de la Federación (la caja grande del gobierno federal). Ese dinero se considera como un ingreso extra, no planeado, y no se quedará en el estado o municipio. En lugar de eso, la Secretaría de Hacienda lo va a mandar directo a un fondo especial llamado Fondo de Pensiones para el Bienestar, que sirve para apoyar las pensiones de la gente.
- Art. 19 TerEste artículo habla de un dinero que los partidos políticos deben regresar al gobierno cuando les sobra o no lo usan. Ese dinero se puede usar para ayudar en desastres como huracanes, temblores o incendios que pongan en riesgo a la gente. Sin embargo, la ley que decía que ese dinero se usara "preferentemente" (como prioridad) para esas emergencias fue declarada inválida por la Suprema Corte. También se anuló la parte que mencionaba "o remanentes de recursos", así que solo aplica para los casos de dinero sobrante que los partidos devuelvan. En pocas palabras, el gobierno aún puede destinar esos fondos a desastres, pero ya no es obligatorio que sea su prioridad.
- Art. 20El Congreso, los jueces y otras oficinas independientes del gobierno pueden gastar más dinero del que ya tenían aprobado en su presupuesto, pero solo si ellos mismos generan ingresos extras (por ejemplo, por multas o ventas de servicios). Para hacerlo, primero deben avisarle a la Secretaría de Hacienda de dónde viene ese dinero extra y en qué lo van a gastar. También tienen que reportar cada tres meses cómo obtuvieron y usaron esos recursos, para que todo quede registrado en los informes oficiales.
- Art. 21Si el gobierno calculó que iba a recibir cierta cantidad de dinero durante el año, pero al final resulta que entra menos lana (por ejemplo, por menos petróleo o menos impuestos), tiene permitido hacer cambios para no gastar de más. Primero, puede tapar el agujero con dinero que haya entrado de más por otro concepto, como si moveras dinero de un bolsillo a otro, siempre y cuando ese dinero extra no esté destinado a algo específico por ley. Si no le alcanza con eso, puede usar el "Fondo de Estabilización" (como un ahorro del gobierno para emergencias) para cubrir la falta, y si aún así no es suficiente, tiene que recortar el gasto en programas, dependencias o proyectos que no sean urgentes, empezando por los menos prioritarios. Para los estados y municipios, si les baja el dinero que les toca, también pueden usar su propio fondo de ahorro para compensar la pérdida.
- Art. 21 BisEste artículo dice que el gobierno debe seguir ciertas reglas para manejar dos "guardaditos" de dinero: uno para los estados y otro para el presupuesto federal. El fondo de los estados se usa para lo que ya dice otra parte de la ley, y el fondo federal sirve para cubrir gastos cuando el gobierno recibe menos ingresos de los que calculó. El dinero de estos fondos se guarda en cuentas de un banco (fideicomiso) y no se puede usar para otra cosa. El gobierno debe informar al Congreso cada tres meses cuánto dinero entra y sale de estos fondos.
- Art. 22Las dependencias del gobierno, como ministerios o instituciones, tienen que ponerse de acuerdo con la Secretaría de Hacienda sobre cuánto dinero planean gastar y ganar en el año. Ese compromiso lo deben fijar durante los primeros dos meses del año. Después, Hacienda, la Secretaría de la Función Pública y el jefe de cada sector supervisan cada cierto tiempo que se esté cumpliendo lo prometido. Todo eso lo reportan en informes que se entregan cada tres meses.
- Art. 23Las oficinas del gobierno (dependencias y entidades) deben gastar su dinero siguiendo un calendario autorizado, que es como un plan de cuándo y cuánto pueden usar cada mes. Estos calendarios los aprueba la Secretaría (la dependencia que maneja el dinero del país), y le dan prioridad a programas sociales y de infraestructura. Si una oficina no entrega su proyecto de calendario a tiempo, la Secretaría lo puede elaborar por su cuenta. Los calendarios se publican en el Diario Oficial de la Federación para que todos los conozcan, y las oficinas deben compartirlos con sus áreas internas en plazos específicos. Además, la Secretaría debe reportar cada tres meses cómo va el gasto, para evitar que se acumule dinero sin usar o se gaste de menos.
- Art. 24Este artículo dice que el gobierno, al planear y presupuestar el gasto público, debe seguir tres pasos: primero, definir las actividades que cada dependencia hará para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo. Segundo, calcular cuánto dinero, personal, materiales y otros recursos se necesitan para esas actividades. Tercero, también incluir el presupuesto para el Congreso (Poder Legislativo), la Suprema Corte (Poder Judicial) y organismos autónomos como el INE, junto con las actividades que van a realizar.
- Art. 25Este artículo habla sobre cómo el gobierno planea y decide en qué gastar el dinero público cada año. Para hacerlo, primero cada dependencia o entidad del gobierno prepara un borrador de su presupuesto, tomando en cuenta cosas como el Plan Nacional de Desarrollo, las instrucciones de la Secretaría de Hacienda, y cómo le fue el año anterior con sus metas. También deben considerar la situación económica del país, el programa financiero del sector público, y cualquier acuerdo que tengan con empresas privadas, grupos sociales o gobiernos estatales. Cada área del gobierno debe calcular cuánto le costará cumplir sus objetivos y proponer indicadores para medir si lo logró. Al final, en el presupuesto deben especificar de dónde va a salir el dinero y de qué tipo es, por ejemplo, si es federal o estatal.
- Art. 26Este artículo dice que cuando una dependencia del gobierno, como una empresa estatal, planea su presupuesto, debe incluir un cálculo de todo el dinero que piensa recibir y gastar. Por ejemplo, tiene que anotar sus ingresos por ventas o servicios, si va a pedir préstamos, cuánto le sobra al inicio y al final del año, y los gastos que tendrá en cosas como sueldos, construcción de obras o inversiones. Además, las entidades se dividen en dos tipos: unas controladas directamente por el gobierno y otras de forma indirecta. La idea es que cada entidad debe generar suficientes ingresos para cubrir sus gastos, pagar impuestos y, si es posible, darle una ganancia al país por el dinero que el gobierno invirtió en ella.
- Art. 27Este artículo explica cómo se deben hacer los anteproyectos de presupuesto en el gobierno. Básicamente, estos planes tienen que seguir una estructura aprobada por la Secretaría de Hacienda, que debe incluir tres cosas: primero, las categorías del gasto (como programa o proyecto); segundo, los elementos como la misión y las metas medibles; y tercero, acciones para promover la igualdad de género y evitar la discriminación. Además, todo debe estar alineado con el Plan Nacional de Desarrollo y usar indicadores de desempeño, que son como fórmulas para medir si se cumplieron las metas en términos de calidad, eficiencia o equidad. Por último, esta estructura debe ser simple para que sea fácil revisar el presupuesto.
- Art. 28Este artículo explica que el proyecto de Presupuesto de Egresos (el plan de gasto del gobierno) debe presentarse y aprobarse organizado en varias categorías. Una clasifica el gasto según quién lo va a ejercer, otra según el tipo de actividad o programa que se va a realizar, y otra según si es para gasto corriente o inversión. También debe dividirse por lugar geográfico (estados, municipios) y por género, para saber cuánto se gasta en beneficios para mujeres y para hombres. Además, se debe separar el gasto programático (el de los programas específicos) del no programático (otros gastos), y todo junto suma el gasto total.
- Art. 29Las oficinas del gobierno (dependencias) y las empresas del Estado (entidades) deben enviar sus propuestas de gasto (anteproyectos de presupuesto) a la Secretaría de Hacienda, siguiendo las reglas, límites de dinero y fechas que ella les ponga. Las empresas del Estado que dependen de una oficina de gobierno deben pasar su propuesta a través de esa oficina, mientras que las que no dependen de nadie la mandan directo a Hacienda. Si alguna oficina o empresa no entrega su propuesta a tiempo, Hacienda tiene el poder de hacerla por ellas.
- Art. 30El Poder Legislativo (diputados y senadores), el Poder Judicial (jueces y tribunales) y los entes autónomos (como el INE o la CNDH) deben mandar su proyecto de presupuesto a la Secretaría de Hacienda para que lo incluya en el Presupuesto de Egresos. Tienen que hacerlo máximo 10 días antes de la fecha en que el gobierno presente el presupuesto completo. Al hacer su plan de gastos, deben seguir las reglas de esta ley y asegurarse de que su propuesta vaya de acuerdo con la política económica del país. Además, tienen que coordinarse con la Secretaría para que su presupuesto use las mismas clasificaciones y estructura que mencionan otros artículos de la ley.
- Art. 31El artículo 31 dice cómo se fija el precio del petróleo mexicano que se vende en el extranjero. Se usa uno de estos dos métodos: el primero saca un promedio entre el precio del petróleo mexicano en los últimos 10 años y los precios futuros del petróleo de Texas (WTI), ajustado con la diferencia entre ambos; el segundo método es más simple: toma el precio futuro del mismo petróleo de Texas y lo multiplica por 84%. El gobierno también puede usar otros tipos de crudo si lo autorizan expertos y si se cotizan en los mercados de futuros reconocidos. Al final, el precio que el gobierno use para calcular sus ingresos no puede ser mayor al que resulte de estos cálculos.
- Art. 32Cuando el gobierno, la Cámara de Diputados, o alguna dependencia pública firman contratos para obras, servicios o compras que duran varios años (como construir una carretera o rentar equipo), deben anotar en el presupuesto de gastos de ese año y de los siguientes cinco años cuánto dinero se va a gastar en total. Estos compromisos se registran en una sección especial del presupuesto, y el pago se va haciendo poco a poco según lo que diga el contrato. Si queda dinero pendiente de pagar al final del año, ese adeudo tiene prioridad sobre otros gastos nuevos, pero siempre depende de cuánto dinero tenga el gobierno disponible en ese momento.
- Art. 33El artículo 33 dice que, en el proyecto de gasto del gobierno (Presupuesto de Egresos), debe haber una parte especial que hable del dinero para pagar a los trabajadores del gobierno. Esto incluye dos cosas: primero, los sueldos de los empleados públicos y los impuestos y cuotas de seguridad social que el gobierno paga por ellos. Segundo, el dinero apartado para futuros aumentos de sueldo, nuevas contrataciones o mejoras laborales, que debe ir en un capítulo aparte del presupuesto. Y una vez que se apruebe la cantidad total para pagar a los trabajadores, ya no se puede aumentar.
- Art. 34Este artículo explica cómo el gobierno debe planear el dinero para obras o proyectos (como carreteras, hospitales o escuelas). Primero, las oficinas de gobierno deben tener una lista de los proyectos que ya están haciendo y los que planean hacer en el futuro, además de decidir cuáles son los más urgentes a corto, mediano y largo plazo. Segundo, tienen que entregar a la Secretaría de Hacienda un estudio que demuestre que cada proyecto es buena inversión para la sociedad, aunque en emergencias como desastres naturales no se pide ese estudio. Tercero, todos los proyectos deben registrarse en una lista oficial de la Secretaría y mantener los datos actualizados; si no cumplen las reglas, la Secretaría puede negar o cancelar el registro. Por último, una comisión especial revisa los proyectos registrados y decide cuáles son más importantes, tomando en cuenta qué tan rentables son para la economía, si ayudan a reducir la pobreza extrema, si impulsan el desarrollo de regiones o si se complementan con otros proyectos.
- Art. 35Las oficinas del gobierno pueden hacer todos los pasos necesarios para comprar, rentar o contratar servicios y obras, con tal de que el dinero se use a tiempo desde que empiece el año fiscal (el periodo de un año para el que está presupuestado). Estas oficinas pueden pedirle un permiso especial a la Secretaría para anunciar, elegir ganadores y firmar contratos que empiecen a valer hasta el próximo año fiscal, basándose en los proyectos de presupuesto. Estos contratos solo serán válidos si hay dinero disponible en el presupuesto del año en que empiezan, así que si no hay fondos, el contrato no se aplica y nadie puede reclamar daños o perjuicios. También pueden pedir esta autorización para contratos que duren varios años, como dice el artículo 50 de esta Ley, siguiendo el procedimiento del Reglamento.
- Art. 35 BisUna dependencia del gobierno puede pedir permiso para empezar un proceso de compras o contrataciones aunque todavía no tenga dinero en su presupuesto para pagarlo. La Secretaría puede autorizarlo solo en casos especiales. Si le dan el permiso, la dependencia tiene que hacer los trámites necesarios para conseguir los recursos antes de elegir al ganador o hacer la adjudicación. Esto evita que firmen contratos sin saber cómo pagarlos.
- Art. 36Este artículo indica que el gobierno mexicano puede pedir préstamos del extranjero para pagar programas o proyectos, pero solo si la Secretaría de Hacienda lo autoriza y si ya hay dinero contemplado en el Presupuesto. Las dependencias del gobierno deben apartar los recursos necesarios para completar esos proyectos, porque el préstamo del extranjero no cubre todo: también deben poner una parte de dinero mexicano. Además, todas las dependencias tienen que reportarle a la Secretaría cómo están usando esos recursos. Por último, la Secretaría creará un grupo especial para darle seguimiento a estos préstamos.
- Art. 37En el proyecto de Presupuesto de Egresos (el dinero que el gobierno planea gastar cada año) se debe incluir dinero para prevenir o reparar daños causados por desastres naturales, como huracanes o temblores. Ese dinero solo se puede usar siguiendo las reglas que ponga el mismo presupuesto y las instrucciones de la Secretaría (la dependencia encargada de manejar los recursos). Las dependencias del gobierno pueden hacer acuerdos para gastar ese dinero en varios años, siempre y cuando la Secretaría lo autorice. Si los estados o municipios reciben dinero para esto pero no pueden gastarlo según las reglas, deben devolverlo a la Tesorería de la Federación (la caja del gobierno federal), y la Secretaría podrá usarlo para los mismos fines de prevención o reparación de desastres.
- Art. 38Este artículo dice que cualquier plan y gasto que haga el gobierno para comunicación social (como anuncios, campañas o publicidad) debe ser autorizado por la Secretaría de Gobernación, siguiendo las reglas que ella misma establezca. Además, si una dependencia o entidad pública quiere usar dinero para esos mismos fines, también necesita el permiso de su propio órgano de gobierno (el grupo de personas que la dirigen). En pocas palabras, nadie puede gastar en publicidad oficial sin dos autorizaciones: una de Gobernación y otra de su propio jefe. Esto es para evitar que se use dinero público sin control en estos rubros.
- Art. 39El Congreso de la Unión (los diputados y senadores) decide cuánto dinero va a recibir el gobierno el próximo año (Ley de Ingresos), y la Cámara de Diputados decide en qué se va a gastar ese dinero (Presupuesto de Egresos). Todo esto aplica del 1 de enero al 31 de diciembre. En el presupuesto se detalla cómo se gastará el dinero, dividido por dependencias (como secretarías) y programas. Además, el gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, puede incluir en el presupuesto a algunas empresas o instituciones que controla directamente si tienen un gasto muy importante para el país.
- Art. 40Este artículo dice que, cada año, el gobierno federal (el Presidente y su gabinete) debe presentar un proyecto llamado "Ley de Ingresos", que es un documento que explica de dónde planea sacar el dinero para funcionar durante el siguiente año. El proyecto tiene que incluir dos partes principales: primero, una explicación detallada de por qué espera recibir cierta cantidad de dinero, comparando con años anteriores y explicando sus planes de deuda y gastos. Segundo, debe incluir un borrador del decreto de la ley, que contiene las cifras exactas de lo que espera recibir del gobierno, de empresas del estado y de préstamos. También debe especificar cuánto planea pedir prestado, qué estímulos fiscales (descuentos o apoyos) piensa dar, y cuánto dinero van a generar ciertas agencias reguladoras como la de energía. En resumen, es el plan detallado de cómo el gobierno espera juntar lana para el año que viene.
- Art. 41Este artículo dice que el proyecto de Presupuesto de Egresos (el plan anual de gasto del gobierno) debe incluir una explicación clara de por qué se gastará el dinero en ciertas cosas. También debe detallar los gastos de los últimos cinco años y las metas para los próximos cinco años. Además, tiene que incluir capítulos específicos con previsiones de gasto para áreas como los poderes del gobierno, salarios, proyectos de infraestructura y programas para pueblos indígenas. Finalmente, debe mostrar cómo se compara el nuevo presupuesto con el del año anterior y explicar los cambios principales.
- Art. 42Este artículo explica los pasos y fechas clave que debe seguir el Gobierno de México (el Ejecutivo) para planear y aprobar cuánto dinero va a gastar el año siguiente y de dónde va a sacarlo. Primero, el Gobierno debe entregar un adelanto al Congreso antes del 1 de abril, con sus planes y estimaciones de la economía. Luego, antes del 30 de junio, tiene que detallar en qué programas se va a gastar el dinero. Para el 8 de septiembre, el Gobierno debe presentar su propuesta final de ingresos y gastos. Finalmente, los diputados y senadores tienen fechas límite para aprobar todo esto (en octubre y noviembre), y una vez aprobado, debe publicarse en el Diario Oficial para que entre en vigor.
- Art. 43Cuando un presidente está por terminar su mandato, el gobierno saliente debe preparar un borrador de la Ley de Ingresos (de dónde va a venir el dinero) y del Presupuesto de Egresos (en qué se va a gastar), tomando en cuenta las ideas del presidente entrante. Esto se hace para que el presidente electo pueda presentar estos documentos a la Cámara de Diputados antes de la fecha límite que marca la Constitución. También se puede apartar dinero en el presupuesto para pagar a un equipo de asesores que ayude al presidente electo, incluso para hacer el Plan Nacional de Desarrollo. Ese dinero se guarda en un fondo especial y se debe reportar en la Cuenta Pública, para que quede claro cómo se usó. Finalmente, cuando un nuevo gobierno empieza, el proceso para aprobar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos sigue las mismas reglas que se usan normalmente, según lo que dice el artículo 42 de esta misma ley.
- Art. 44Después de que se publique el presupuesto anual de gastos del gobierno en el periódico oficial, el presidente, a través de la secretaría correspondiente (Hacienda), tiene 10 días hábiles para avisarles a las dependencias y entidades públicas cuánto dinero les toca y cómo deben repartirlo, según las reglas que marca el reglamento. También debe mandar una copia de esos avisos a la Cámara de Diputados. Después, cada dependencia tiene máximo 5 días hábiles para decirle a sus propias oficinas internas cómo se va a repartir ese dinero que les asignaron. Ese reparto debe ser el mismo que se presentó en el anexo que viene en el artículo 41 de esta ley, pero tomando en cuenta cualquier cambio que haya aprobado la Cámara de Diputados. Además, la Secretaría de Hacienda debe publicar en el Diario Oficial, dentro de los 15 días hábiles después de que salga el presupuesto, cuánto dinero y en qué fechas se les va a entregar a los estados y municipios, para que ellos puedan planear mejor sus gastos.
- Art. 45Los encargados de manejar el dinero público en las dependencias deben cumplir con las metas de sus programas de manera rápida y eficiente. Para asegurarse de que así sea, la Secretaría y la Función Pública pueden firmar acuerdos especiales con estas dependencias, los cuales pueden durar más de un año, para fijar compromisos de resultados y medidas que mejoren el uso del presupuesto. Además, estos acuerdos deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación (el periódico oficial del gobierno), y cada dos meses hay que reportar los resultados obtenidos. Por último, los directores y jefes de área deben vigilar que se cumplan los objetivos, corregir cualquier falla y presentar informes periódicos a la Secretaría y a la Cámara de Diputados.
- Art. 46Este artículo dice que las oficinas del gobierno pueden pedirle dinero extra a la Secretaría de Hacienda para emergencias o gastos urgentes, pero después tienen que pagarlo con su propio presupuesto usando un formato especial llamado "cuenta por liquidar certificada". El Reglamento dirá los tiempos para pagar ese dinero y cómo se puede pedir una prórroga, pero sin pasarse del 20 de diciembre de ese año, a menos que sea un caso especial que solo puede alargarse hasta el último día hábil de enero del año siguiente. Además, todo esto se le tiene que reportar a la Cámara de Diputados cada tres meses en sus informes trimestrales.
- Art. 47Si el gobierno debe pagar impuestos federales, estatales o municipales, o tiene que cumplir con alguna orden definitiva de una autoridad, está obligado a pagarlo con su propio presupuesto. Si para pagar esas deudas necesita hacer cambios al presupuesto, no puede recortar recursos de los programas más importantes para la gente, como salud o educación. Si no tiene dinero para pagar todo, debe presentar un plan de pagos a la autoridad que le exige el pago, y solo pagará lo que no afecte esos programas prioritarios. El resto de la deuda se pagará en años siguientes, según el plan que presentó. Los otros poderes, como el Congreso o los jueces, también deben seguir estas mismas reglas si tienen deudas.
- Art. 48El dinero que el gobierno aprueba para obras públicas solo lo pueden usar las dependencias para construir infraestructura, como carreteras o puentes, siguiendo las reglas de gasto. Si una empresa ya ayudó a preparar los planos o el presupuesto de un proyecto, igual puede participar en la licitación para construirlo, siempre que lo haga dentro de las mismas reglas. En sectores como comunicaciones o medio ambiente, empresas o gobiernos locales pueden proponer estudios para obras. La dependencia revisa si es viable y responde en máximo un año; si dice que sí, en seis meses más definen los tiempos para ejecutarlo. Cuando ya se autorizó el proyecto, la dependencia puede asignar el contrato directamente sin necesidad de licitación, según lo que marquen las reglas.
- Art. 49Este artículo habla de que el dinero que el gobierno usa para seguridad pública y nacional (como la policía o el ejército) se gasta en programas importantes para el país. Para comprobar cómo se usa ese dinero, se siguen las reglas del Reglamento, y además la Auditoría Superior de la Federación (que es como un supervisor de cuentas del gobierno) puede revisarlo cuando sea necesario. Los encargados de cada dependencia (como la Secretaría de Seguridad o la de Defensa) pueden poner sus propias reglas para gastar ese dinero, siempre y cuando sigan el Reglamento y estén abiertos a la revisión de la Auditoría. Por último, cuando se compra algo para seguridad, se considera que el gasto ya está hecho desde el momento en que se firma el compromiso de pagarlo, aunque todavía no se haya pagado.
- Art. 50Este artículo habla de que el gobierno puede hacer contratos que duren más de un año para obras, compras o servicios, siempre y cuando demuestren que es más barato o conviene más, que no afecte la competencia entre empresas, y especifiquen de dónde sale el dinero y cuánto costará cada año. Para poder firmar estos contratos, las oficinas del gobierno necesitan un permiso especial de la Secretaría de Hacienda (o del jefe de la dependencia, si es una entidad como Pemex). Además, deben avisar a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en un plazo de 30 días después de firmados. Finalmente, cada tres meses tienen que reportar cuánto dinero se gastó en esos contratos y, al planear el presupuesto del año siguiente, incluir cuánto costará todo el proyecto a futuro.
- Art. 51La Tesorería de la Federación es la encargada de cobrar y pagar el dinero del gobierno, trabajando con sus oficinas para hacerlo. La Secretaría de Hacienda es quien da la autorización para soltar esos fondos, siempre siguiendo el presupuesto que ya se aprobó. El Congreso, los jueces y otras instituciones como los organismos autónomos manejan su propio dinero con sus propias tesorerías, sin que la Tesorería federal meta mano. Sin embargo, el Presidente, a través de Hacienda, puede decidir centralizar los pagos de algunas dependencias o suspender, retrasar o reducir los recursos si no cumplen la ley o si hay problemas que afecten la estabilidad económica, y debe reportarlo cada tres meses. También se busca que los pagos se hagan a tiempo, según un calendario basado en las necesidades de cada área, y para eso existe una cuenta única de tesorería que todas las dependencias deben usar, aunque la Secretaría puede poner reglas o excepciones según el caso.
- Art. 52Las dependencias del gobierno solo pueden gastar el dinero del presupuesto cuando ya hayan recibido un bien o servicio y lo hayan registrado en su contabilidad. Después, deben pedir el pago mediante un documento oficial llamado "cuenta por liquidar certificada". Si hay un desastre natural o alguien no cumple con las reglas o no paga, la Secretaría de Hacienda puede obligar a una dependencia a descontar de su presupuesto. Si la dependencia no lo hace en 5 días hábiles, la Secretaría lo hace por su cuenta. Si la dependencia se niega, la Secretaría puede frenar el envío de dinero que le corresponde.
- Art. 53Los ejecutores de gasto (las dependencias o entidades del gobierno que manejan dinero) tienen que avisarle a la Secretaría de Hacienda, a más tardar el último día de febrero de cada año, cuánto deben y qué tipo de deuda tienen a corto plazo, conocida como deuda pública flotante o pasivo circulante. Esta deuda es la que se generó durante el año fiscal anterior y aún no se ha pagado. Básicamente, es un reporte obligatorio para saber cuánto adeuda el gobierno por gastos ya realizados.
- Art. 54Cuando un presupuesto de gastos del gobierno deja de ser válido, solo se pueden pagar cosas que ya se hayan hecho y que estaban en ese presupuesto, siempre que se hayan registrado a tiempo. Todo lo que no se haya gastado antes del 31 de diciembre simplemente ya no se puede usar. Si alguna oficina del gobierno (como el Congreso, los jueces o cualquier dependencia) tiene dinero sobrante del presupuesto al 31 de diciembre, incluyendo cualquier ganancia que haya generado, debe devolverlo a la Tesorería dentro de los 15 días siguientes. Además, está prohibido gastar a lo loco al final del año solo para no tener que devolver ese dinero. Por último, las deudas de años anteriores solo se pueden pagar si ya estaban consideradas en el proyecto de presupuesto y hay dinero previsto para eso en la Ley de Ingresos del año anterior.
- Art. 55La Tesorería de la Federación (la que maneja el dinero del gobierno federal) va a definir las reglas para las garantías que se pidan en contratos o actos con dependencias del gobierno. En esos casos, la Tesorería será la que reciba y guarde los documentos de esas garantías, y si es necesario, ella misma podrá cobrarlas o hacer valer sus derechos. Para eso, las dependencias deben enviarle a tiempo toda la información y papeles que hagan falta. Si se trata de entidades (como empresas del gobierno), cada una usará su propia tesorería para recibir esas garantías. Además, los otros poderes (Legislativo y Judicial) y los organismos autónomos (como el INE o la CNDH) pondrán sus propias reglas para las garantías que se les entreguen a ellos.
- Art. 56El artículo 56 dice que las dependencias del gobierno que usan el dinero público no pueden pedir garantías (como fianzas) ni exigir depósitos para pagar servicios o productos que ya están autorizados en el presupuesto. O sea, si el gobierno te tiene que pagar por un trabajo, no te puede pedir que le prestes dinero o que le dejes algo como seguro para que te pague. Esto es para que el gobierno no te ponga trabas y cumpla con sus pagos de manera directa, sin andar pidiendo adelantos ni seguridades extras.
- Art. 57Las oficinas encargadas de gastar dinero solo pueden usar la cantidad exacta que el gobierno les autorizó en el presupuesto. No pueden gastar de más ni cambiarse el dinero de un programa a otro sin permiso. Solo pueden hacer cambios si siguen las reglas especiales que menciona esta ley. En otras palabras, deben cumplir al pie de la letra lo que el presupuesto les dice que gasten.
- Art. 58Este artículo habla de cómo se pueden hacer cambios al presupuesto del gobierno. Primero, dice que esos cambios solo se pueden hacer si ayudan a cumplir mejor las metas de los programas de las dependencias (como secretarías) y entidades (como organismos públicos). Los cambios pueden ser: modificar cómo está organizado el presupuesto (por área, programa, región, etc.), ajustar las fechas en que se usa el dinero, o aumentar o reducir la cantidad total de dinero. Además, explica que algunos cambios grandes los tiene que autorizar la Secretaría de Hacienda, mientras que los cambios más pequeños los pueden hacer las propias dependencias, solo avisándole a Hacienda. Si un cambio es muy grande (más del 5% del presupuesto total de una dependencia o entidad), Hacienda debe reportarlo cada tres meses, y la Cámara de Diputados puede dar su opinión. Por último, hay ciertos programas que no se pueden recortar, como los de igualdad de mujeres y hombres, ciencia y tecnología, desarrollo de pueblos indígenas y atención a grupos vulnerables, a menos que la ley lo permita y la Cámara de Diputados dé su visto bueno.
- Art. 59El artículo 59 dice que las dependencias del gobierno solo necesitan pedir permiso a la Secretaría (la autoridad encargada) para hacer ciertos cambios en su presupuesto. Por ejemplo, si una entidad recibe dinero del gobierno, debe pedir autorización si quiere usar dinero de obras o construcción para pagar gastos diarios, como sueldos. También si aumenta lo que gasta en sueldos, si cambia las fechas de pago sin compensar, o si usa dinero extra que no tenía previsto. Para las entidades que no reciben apoyo del gobierno, aplican reglas más simples: solo necesitan permiso para aumentar sueldos, afectar sus balances financieros o usar ingresos de más.
- Art. 60El Poder Legislativo (diputados y senadores), el Poder Judicial (jueces y tribunales) y los órganos autónomos (como el INE o la CNDH) pueden hacer cambios a su presupuesto, pero solo si esos cambios ayudan a cumplir mejor sus metas. Para hacerlo, cada uno debe usar su propia área de administración y publicar las reglas que van a seguir. Cuando hagan estos ajustes, deben avisarle al Ejecutivo Federal (el Presidente) a través de la Secretaría de Hacienda, para que esa información aparezca en los reportes trimestrales y en la Cuenta Pública (el informe anual de gastos).
- Art. 61Las oficinas del gobierno que manejan dinero deben gastar menos en cosas como papelería, rentas o servicios, pero sin dejar de cumplir sus metas principales. Si logran ahorrar, ese dinero extra debe usarse en sus propios programas, siguiendo las reglas generales. En el caso del gobierno federal, esos ahorros van a los proyectos del Plan Nacional de Desarrollo (o a donde el Presidente decida, aunque esa parte fue declarada inválida por la Suprema Corte). Además, el gobierno debe crear un plan para usar mejor a su personal y sus recursos, evitar gastos duplicados y mejorar los servicios públicos. Este plan debe publicarse antes del 30 de agosto del primer año de gobierno, y todas las dependencias están obligadas a cumplirlo y reportar sus avances cada tres meses.
- Art. 62Las dependencias del gobierno que manejan dinero público pueden contratar expertos externos (como consultores o investigadores) solo si tienen el dinero aprobado en su presupuesto del año. Esas personas o empresas contratadas no deben hacer el mismo trabajo que los empleados de planta del gobierno. Además, la contratación tiene que ser necesaria para cumplir con los programas ya autorizados, y deben detallar exactamente qué servicios van a contratar. Todo debe hacerse siguiendo las reglas del presupuesto y las leyes aplicables.
- Art. 63El artículo 63 dice que los jefes de las áreas que gastan dinero público (los "ejecutores de gasto") pueden autorizar pagos para eventos como congresos, exposiciones, seminarios, festivales culturales o juntas parecidas, siempre y cuando sigan las reglas generales que aplican para estos casos. Además, tienen que armar un expediente con los papeles que comprueben que contrataron o organizaron el evento, por qué era necesario gastar ahí, quiénes fueron los beneficiarios y a qué objetivos o programas ayudó cumplir. En otras palabras, pueden gastar en estos eventos solo si justifican bien el gasto y guardan todos los comprobantes.
- Art. 64El dinero que el gobierno aprobó para pagar a sus empleados (servidores públicos) debe cubrir todo lo siguiente: su sueldo normal y pagos extra, las cuotas de su seguro social y pensiones, las primas de seguros de vida o gastos médicos, y los impuestos que se generen por esos pagos. En pocas palabras, ese presupuesto sirve para pagarles su salario, prestaciones e impuestos relacionados, sin dejar nada fuera.
- Art. 65Este artículo dice que cuando las dependencias del gobierno paguen salarios o sueldos a sus empleados, deben seguir reglas muy específicas. Primero, solo pueden gastar lo que ya tienen aprobado en su presupuesto, sin pasarse. Segundo, deben pagar exactamente lo que marcan las tablas de sueldos oficiales, sin inventar cantidades. Tercero, si quieren dar aumentos o bonos extra, necesitan autorización especial, y esos pagos extraordinarios no cuentan para calcular liquidaciones o indemnizaciones. Además, no pueden hacer contrataciones que comprometan dinero de años futuros, a menos que la ley lo permita y tengan los recursos ya autorizados.
- Art. 66La Secretaría y la Función Pública, cada una en lo que le corresponde, van a hacer un manual donde se explique cuánto y cómo se les paga a los trabajadores del gobierno federal. Ese manual debe incluir una tabla con los sueldos normales y las reglas para aplicarlos, siempre de acuerdo con lo que autorizó el Presupuesto de Egresos. El Poder Legislativo, el Judicial y los organismos autónomos (como el INE) también deben hacer su propio manual de sueldos, siguiendo las mismas reglas. Todos estos manuales tienen que publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el último día hábil de mayo de cada año.
- Art. 67Si una dependencia del gobierno quiere hacer cambios en su estructura, como mover a los empleados, cambiar sus sueldos o modificar las plantillas de personal, debe pagar esos cambios con el dinero que ya tiene autorizado para ese año, sin pedir más presupuesto. Además, esos cambios no deben hacer que el gasto en sueldos del año siguiente aumente, a menos que se estén creando nuevas plazas y ya haya dinero específico para eso en el presupuesto del año, como lo marca la ley. Las dependencias también tienen que seguir las reglas del servicio profesional de carrera y, si es necesario, pedir permiso a la Secretaría de la Función Pública.
- Art. 68Las oficinas que quieran dar premios en efectivo a sus empleados por buen desempeño deben seguir estas reglas: solo pueden dar esos premios si están autorizados por leyes específicas, como la Ley de Planeación o la Ley del Servicio Profesional de Carrera. Además, el dinero para esos premios debe estar incluido en el presupuesto de la oficina, y la Secretaría de Hacienda tiene que aprobar cómo se van a repartir. Por último, solo pueden recibir esos estímulos los trabajadores que tengan un nombramiento oficial y un puesto fijo dentro del presupuesto de la dependencia.
- Art. 69El artículo 69 habla sobre cómo el gobierno puede contratar a personas (como tú o yo) para que trabajen por honorarios, es decir, por un pago sin ser empleados de planta. Solo se puede hacer esto si el dinero está previsto en el presupuesto anual, el contrato no dura más de un año, y la persona contratada no hace el mismo trabajo que alguien con plaza fija, a menos que haya una excepción. El sueldo mensual no debe pasarse de los topes establecidos, y las dependencias deben asegurarse de que el pago sea justo para el trabajo que se va a hacer. Además, estos contratos deben reportarse cada tres meses y en la Cuenta Pública.
- Art. 70La Secretaría de Hacienda va a crear y manejar un sistema para que el control del gasto en sueldos y salarios sea más ordenado y parejo en todo el gobierno. Por su parte, la Secretaría de la Función Pública tendrá su propio sistema para administrar a los empleados de las dependencias, y podrá decidir las reglas de cómo funciona. Los militares los llevan aparte la Secretaría de la Defensa y la de Marina, cada una con su propio registro. El Poder Legislativo, el Judicial y los organismos autónomos (como el INE) podrán ponerse de acuerdo con estas dos secretarías para registrar a su personal y entregar la información cada cierto tiempo.
- Art. 71El artículo dice que, en general, los trabajadores del gobierno federal no pueden tener dos empleos o encargos que se paguen con dinero público, a menos que una ley lo permita. Quien decide en qué casos sí se puede es la Secretaría de la Función Pública, pero siempre debe anunciarlo de manera clara y para todos por igual. Eso sí, para que te autoricen tener dos chambas, tienes que cumplir bien con tus horarios y tareas en cada una. Y si te dan permiso de tener los dos empleos, tú puedes escoger cuál de los dos te conviene más quedarte.
- Art. 72Tienes un año, contado desde que te pagaron o desde que te naciera el derecho, para reclamar el pago de tu sueldo, recompensas o pensiones de gracia que te deba el gobierno federal. Si no exiges el cobro por escrito dentro de ese año, pierdes el derecho a reclamarlo legalmente. Eso se llama prescripción: es como si el tiempo borrara la deuda. Para evitar que pase, debes hacer un escrito pidiendo el pago. Eso detiene el reloj y el plazo ya no corre.
- Art. 73Si un servidor público (alguien que trabaja para el gobierno) fallece y llevaba al menos seis meses en su puesto, sus familiares o las personas con las que vivía pueden recibir apoyo económico para cubrir los gastos del entierro. Van a recibir hasta cuatro meses del sueldo normal que ganaba el trabajador en el momento de su muerte. Para tener derecho a esto, esas personas deben ser quienes paguen los gastos de inhumación (enterrar o cremar el cuerpo). Es un tipo de ayuda que da el gobierno para que los deudos no tengan que cargar solos con esos costos.
- Art. 74El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, es el que autoriza dar dinero (subsidios o transferencias) a las dependencias (como secretarías de Estado) y, si aplica, a las entidades (como empresas del gobierno). Esto siempre debe estar aprobado en el Presupuesto de Egresos, que es el plan de gasto del país. Si esas dependencias o entidades no cumplen con lo que dice la ley, Hacienda les puede reducir, suspender o cortar por completo ese dinero, pero antes debe avisarle a la Cámara de Diputados y tomar en cuenta su opinión sobre a dónde irán esos recursos. Los jefes de esas dependencias y entidades son responsables de que los subsidios se den y usen correctamente, según las reglas generales. Además, las dependencias pueden suspender los pagos a sus propias oficinas regionales (órganos desconcentrados) o a otras entidades si estas no cumplen las reglas, y deben reportar esa suspensión a Hacienda.
- Art. 75Cuando el gobierno da apoyos económicos (subsidios) a personas o grupos, debe hacerlo de manera justa, clara y solo por un tiempo definido. Para lograrlo, las dependencias que los dan tienen que: 1. Decir exactamente a quién van dirigidos esos apoyos, ya sea por tipo de persona, región, estado o municipio. 2. Poner un tope máximo de dinero o porcentaje del costo total que puede recibir cada persona o grupo. Si el apoyo es directo para gente o grupos, se debe dar más a quienes tienen menos ingresos y buscar que haya justicia entre regiones. 3. Asegurarse de que todos, sin importar su grupo social o género, puedan acceder al apoyo de manera equitativa. 4. Garantizar que los recursos solo lleguen a quienes deben recibirlos y que sea fácil evaluar sus resultados, evitando gastos administrativos excesivos. 5. Incluir formas de revisar y evaluar el programa periódicamente, para poder cambiarlo o cancelarlo si es necesario. 6. Buscar otras formas de obtener ingresos para que el programa se mantenga sin depender solo del presupuesto. 7. Coordinarse entre distintas dependencias para no gastar de más ni duplicar esfuerzos. 8. Definir un plazo claro para dar el apoyo. 9. Asegurarse de que ese apoyo sea la mejor manera de lograr lo que se propone. 10. Reportar todo en informes trimestrales, explicando lo que hicieron y cuánto gastaron. Los apoyos para cubrir gastos de operación solo se darán en casos excepcionales y por tiempo limitado, y siempre deben justificarse ante la Secretaría.
- Art. 76Si una dependencia o entidad del gobierno quiere cambiar sus programas, como modificar a quiénes va dirigido, ajustar precios, compras o rentas, o alterar los apoyos que da, tiene que avisarle a la Secretaría antes de hacerlo. Si esos cambios afectan el presupuesto o los objetivos de los programas, no basta con avisar, sino que necesitan un permiso especial de la Secretaría, siguiendo las reglas de los artículos 58 y 59 de esta ley.
- Art. 77El artículo 77 habla sobre cómo se manejan los programas del gobierno que dan apoyos económicos (subsidios). Para asegurarse de que el dinero público se use de manera eficiente, honesta y transparente, se deben crear reglas claras de cómo operan estos programas. La Cámara de Diputados decide qué programas deben tener estas reglas al aprobar el presupuesto de gastos. Las dependencias del gobierno son las responsables de redactar esas reglas antes del 21 de noviembre, y deben seguir los lineamientos que marca la Secretaría. Después de que la Secretaría autorice el presupuesto para esos programas (en máximo 10 días hábiles), las dependencias tienen 3 días para enviar los proyectos a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. Esta Comisión tiene 10 días hábiles para revisar y dar su visto bueno, verificando que las reglas incluyan todo lo necesario, como procedimientos, formatos y convocatorias.
- Art. 78Las dependencias del gobierno (como secretarías) y las entidades (como organismos públicos) tienen que revisar si los programas que tienen reglas específicas de operación están funcionando bien. Para hacer esa revisión, deben contratar a expertos, universidades, centros de investigación o empresas especializadas, ya sean de México o del extranjero, que sean reconocidos y con experiencia en el tema. Las evaluaciones se hacen según un plan anual que la Secretaría (la dependencia encargada) define, y los resultados se tienen que reportar cada tres meses en los informes trimestrales correspondientes.
- Art. 79El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, decide cómo y cuándo se deben usar los subsidios que da a los estados, municipios y, si aplica, a grupos sociales o empresas. Esto lo hace basándose en el presupuesto autorizado y siguiendo las reglas de los artículos 74 al 78 de esta ley. Si tú recibes uno de estos apoyos, estás obligado a entregar a la Secretaría todos los datos que te pida sobre en qué gastaste el dinero.
- Art. 80Este artículo dice que las dependencias del gobierno (como secretarías) solo pueden dar donativos si tienen un presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para eso, y no pueden aumentar ese dinero. El jefe de la dependencia debe autorizar el donativo personalmente, sin delegarlo, y en algunas instituciones también debe aprobarlo su junta directiva. La organización que recibe el donativo tiene que ser una asociación sin fines de lucro, estar al corriente con el SAT, y demostrar que su dinero no viene principalmente del gobierno, además de presentar un proyecto para actividades como educación, salud o ciencia. También hay que asegurarse de que no esté en otro programa del gobierno, ni relacionada con iglesias o partidos políticos, e incluir todo en informes trimestrales. Por último, no se pueden dar donativos a organizaciones que estén en problemas legales, y si son en especie, se deben seguir las reglas de la Ley de Bienes Nacionales.
- Art. 81Cuando una oficina del gobierno recibe un dinero como regalo (donativo), tiene que depositar ese dinero en la tesorería (como si fuera la caja grande del gobierno), no puede quedárselo ni gastarlo por su cuenta. Después, para poder usar ese dinero, debe pedir permiso para aumentar su presupuesto, como lo marca el artículo 19 de esta ley. Si el donativo viene del extranjero, la dependencia o entidad que lo recibe debe seguir reglas especiales que están en el reglamento correspondiente.
- Art. 82El artículo 82 dice que el gobierno federal puede dar dinero y recursos (como personal o equipo) a los estados o municipios para que ellos hagan ciertos programas o proyectos que antes hacía la federación. Esto se hace con acuerdos llamados convenios, que deben ser públicos para que todos los sepan. Para estos acuerdos se deben seguir varias reglas: deben negociarse de manera justa y firmarse a más tardar en los primeros tres meses del año, salvo que sea algo nuevo o imprevisto. También deben incluir formas claras de cómo se va a gastar y comprobar el dinero, y fijar fechas para que los recursos lleguen a tiempo a los estados. Además, no se debe comprometer más dinero del que los estados puedan manejar, y hay que tomar en cuenta sus prioridades para lograr los objetivos. Si es necesario, el acuerdo puede decir que los estados aporten dinero de otras fuentes o impuestos. Por último, el dinero federal que se transfiera debe guardarse en cuentas bancarias especiales para que se pueda revisar su uso. Y al presentar el presupuesto del año siguiente, se debe informar cómo van estos acuerdos y qué se ha logrado con ellos.
- Art. 83Este artículo dice que cuando el gobierno federal (dependencias o entidades) le pasa dinero a los estados (entidades federativas) mediante convenios para cumplir objetivos de programas federales, ese dinero sigue siendo federal, no se convierte en dinero del estado. Por lo tanto, los estados deben comprobar cómo gastaron ese dinero siguiendo las reglas de la ley. Además, los estados están obligados a entregar todos los comprobantes de gasto. Para que todo sea transparente y rápido, la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de la Función Pública van a emitir lineamientos, y la Auditoría Superior de la Federación dará guías a los estados para que puedan fiscalizar ese dinero correctamente. Si alguna dependencia federal quiere hacer un convenio de este tipo, debe usar el modelo que ya autorizaron esas secretarías y pedir el permiso presupuestal correspondiente.
- Art. 84Toda la lana que el gobierno federal quiera gastar en proyectos de inversión (como carreteras, hospitales o escuelas) tiene que tener una ubicación específica, es decir, se debe decir en qué estado, municipio o zona se va a usar. También, si hay programas donde se pueda saber quiénes y dónde están los beneficiarios, el gobierno debe indicar cuánto dinero le toca a cada estado, además de lo que ya les da por ley. Las empresas o dependencias que manejan su propio presupuesto, pero no de forma directa, también tienen que poner claro en qué regiones van a gastar el dinero que se pueda ubicar en un mapa. Por último, el Presidente debe incluir en el proyecto de presupuesto cómo se reparten los programas sociales entre los estados, y calcular cuánto le toca a cada uno.
- Art. 85Este artículo explica cómo se controla el dinero federal que el gobierno central le manda a los estados (como Jalisco o Nuevo León) y, a través de ellos, a los municipios y partes de la Ciudad de México. Primero, dice que ese dinero debe ser evaluado por expertos independientes, no por quienes lo gastan, usando indicadores de resultados para ver si se usó bien. Segundo, los estados deben enviar reportes al gobierno federal cada 3 meses, a más tardar 20 días después de que termine el trimestre, explicando en qué gastaron la lana y qué lograron. Esos reportes deben incluir si el dinero benefició distinto a hombres y mujeres. Además, toda esta información se debe publicar en internet para que cualquier persona la consulte, y los estados y municipios tienen 5 días hábiles extra para subirla a sus propias páginas.
- Art. 86La Secretaría de Hacienda, junto con los estados y la Auditoría Superior, debe ponerse de acuerdo para revisar que el dinero público se use bien y de forma honesta. Tienen que hacer más fácil que cualquier persona pueda ver en qué se gasta el presupuesto. También deben crear formas para que los ciudadanos participen vigilando el gasto y publicar la información de manera clara. Además, están obligados a informar al Congreso y a los congresos locales cómo va el gasto y si se están cumpliendo las metas del país. Este artículo está derogado (ya no es válido), así que estas reglas ya no se aplican actualmente.
- Art. 87El artículo 87 ya no está vigente (fue derogado), pero cuando estaba activo decía cómo se repartía el dinero del Fondo Mexicano del Petróleo a otros dos fondos. Al primero, llamado Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, se le daba hasta el resultado de multiplicar los ingresos petroleros aprobados en la Ley de Ingresos por 0.022 (es decir, el 2.2% de esos ingresos). Al segundo, el Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas, se le asignaba hasta el resultado de multiplicar los mismos ingresos por 0.0064 (el 0.64%). En pocas palabras, era una fórmula para apartar dinero de la venta de petróleo y usarlo como ahorro para tiempos difíciles.
- Art. 88El dinero del Fondo Mexicano del Petróleo destinado a investigación sobre petróleo y energía sustentable se calcula así: se multiplican los ingresos que el gobierno calcula recibir por petróleo por 0.0065 (menos del 1%). Ese total se reparte de la siguiente forma: - El 20% se usa para que la Comisión Nacional de Hidrocarburos busque zonas donde pueda haber petróleo y para proyectos de ciencia y tecnología sobre cómo encontrarlo, extraerlo, refinarlo y hacer petroquímicos. - El 15% va al Instituto Mexicano del Petróleo para que desarrolle tecnología sobre los mismos temas, pudiendo usar hasta el 5% de eso para capacitar a expertos. - El 65% restante se destina a investigar energías renovables (como solar o eólica), ahorro de energía, tecnologías limpias y diversificar las fuentes de energía (no solo petróleo). La Secretaría de Energía se encarga de distribuir este dinero y trabaja con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología para elegir y dar seguimiento a los proyectos.
- Art. 89Cuando se usen los recursos que se mencionan en el artículo anterior, el gobierno debe ponerle más atención a estos cuatro puntos: primero, sacar la mayor cantidad posible de petróleo y gas de los pozos para que rindan más. Segundo, apoyar la exploración de nuevos yacimientos, sobre todo en partes muy profundas del mar, para que no se acaben las reservas. Tercero, mejorar la manera en que se procesa el petróleo crudo pesado para obtener más gasolina y otros productos. Y cuarto, evitar que se contamine el medio ambiente y reparar los daños ecológicos que ya haya causado la industria petrolera.
- Art. 90El dinero que el Fondo Mexicano del Petróleo le transfiera a la Tesorería para pagar los gastos de supervisión de la Auditoría en materia petrolera no puede pasarse de una cantidad muy específica. Esa cantidad se calcula multiplicando los ingresos del petróleo que se aprobaron en la Ley de Ingresos por 0.000054. Además, para ir cubriendo ese dinero, se harán pagos provisionales cada tres meses, que serán una cuarta parte del total y se entregarán a más tardar el último día hábil de abril, julio, octubre y enero del año siguiente. Este artículo ya no está vigente porque fue derogado en diciembre de 2008, aunque después se agregó de nuevo en agosto de 2014.
- Art. 91El artículo 91 dice que el dinero que se va a pasar del Fondo Mexicano del Petróleo al Fondo de Extracción de Hidrocarburos se calcula de una forma sencilla: se multiplica el total de ingresos petroleros que apruebe el Congreso en la Ley de Ingresos por 0.0087. Ese número (0.0087) es como un porcentaje fijo que se aplica para saber cuánto toca transferir. Además, esta operación tiene que seguir las reglas que ya están escritas en el artículo 4o-B de la Ley de Coordinación Fiscal. En otras palabras, se usa una fórmula matemática simple para repartir una parte del dinero del petróleo a un fondo especial.
- Art. 92Este artículo ya no está vigente, pero cuando existía decía que algunos municipios que están en la frontera o en la costa, por donde se saca el petróleo del país, recibían dinero del Fondo Mexicano del Petróleo. Ese dinero se calculaba multiplicando los ingresos por petróleo que decía la Ley de Ingresos por el número 0.00051. Además, ese cálculo debía seguir las reglas del artículo 2-A, fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. En pocas palabras, era una fórmula para darles un apoyo económico a esos municipios.
- Art. 93El artículo 93 dice que el dinero que se transfiere del Fondo Mexicano del Petróleo al gobierno federal se calcula así: se toma el 4.7% del Producto Interno Bruto (que es el valor total de todo lo que produce el país en un año), se le resta lo que ya se recaudó por el impuesto sobre la renta (ISR) de los contratos petroleros, y también se le restan otras transferencias específicas que menciona la ley. Si al final del año el Fondo no tiene suficiente dinero para hacer esa transferencia, entonces solo se entrega lo que haya disponible, siempre y cuando se pueda transferir según las reglas de la ley. Además, si el Fondo no junta el dinero necesario, la Ley de Ingresos puede reducir la cantidad que se tiene que transferir. Si el Fondo recibe más dinero del previsto, ese excedente solo se puede usar para ciertos fines específicos que marca la ley, y lo que sobre se queda guardado en la Reserva del Fondo. Este artículo fue eliminado en 2008 y luego agregado de nuevo en 2014.
- Art. 94Este artículo dice que solo cuando el dinero ahorrado en el Fondo Mexicano del Petróleo (como una alcancía nacional) sea mayor al 3% del PIB del año pasado, un grupo de expertos (el Comité Técnico) puede sugerirle a la Cámara de Diputados, antes del 28 de febrero, cómo gastar ese extra que se juntó el año anterior. Ese dinero extra se puede usar para varios rubros: hasta un 10% para una pensión universal, otro 10% para ciencia y energías renovables, hasta un 30% para proyectos petroleros o de infraestructura, y otro 10% para becas y mejoras en conectividad, pero sin gastarlo en sueldos o cosas del día a día (excepto las becas). Al menos el 40% de ese aumento debe quedarse ahorrado, y el Comité tiene que asegurarse de que, después de repartir, el fondo no baje del 3% del PIB.
- Art. 95La Cámara de Diputados tiene hasta el 30 de abril para aprobar la recomendación del Comité Técnico, y si no lo hace antes de esa fecha, la recomendación se da por aprobada automáticamente. Los diputados pueden cambiar los límites o destinos del dinero, pero necesitan el voto de dos de cada tres presentes y no pueden asignar recursos a proyectos específicos. El Ejecutivo Federal usa lo que aprobó la Cámara para calcular cuánto se pone en el fondo y decidir a qué proyectos va el dinero, todo esto lo incluye en el Proyecto de Presupuesto de Egresos. Durante la aprobación de ese presupuesto, la Cámara puede mover los recursos entre proyectos de cada rubro, siempre que respete el total ya aprobado para cada rubro general. Por último, el Comité Técnico ordena que se transfieran los recursos del Fondo Mexicano del Petróleo a la Tesorería, según lo que dice el presupuesto, y esas transferencias son adicionales a las que ya marca otra ley.
- Art. 96Las ganancias que genere el dinero guardado del Fondo Mexicano del Petróleo se quedan en el mismo fondo, a menos que ese fondo ya tenga ahorrado el 10% de todo lo que produce el país en un año (el Producto Interno Bruto, o PIB). Si ya se llegó a ese tope del 10% del PIB, entonces el Comité Técnico debe ordenar que esas ganancias se envíen a la Tesorería de la Federación (la caja grande del gobierno). Estas transferencias son adicionales a las que ya se hacen por otra ley del mismo fondo. La regla para hacer esos envíos se define en el reglamento de esta ley.
- Art. 97Imagina que el país enfrenta una crisis porque bajan los ingresos del gobierno (menos impuestos, petróleo más barato o menos producción de petróleo). Cuando ya se haya gastado todo el dinero de un “fondo de emergencia” llamado Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, los diputados podrán usar otro fondo, llamado Reserva del Fondo, para ayudar a pagar el presupuesto. Esto solo lo pueden aprobar si votan a favor al menos dos de cada tres diputados presentes, aunque el saldo de la Reserva baje del 3% del Producto Interno Bruto del año anterior. Esto aplica solo en dos casos: si los impuestos bajan mucho por más de un año, o si el precio del petróleo o su producción caen tanto que el dinero del petróleo no alcanza para lo planeado. El gobierno (Ejecutivo Federal) tiene que proponer el uso de la Reserva, y los diputados solo pueden autorizarlo si ya se acabó el fondo de emergencia principal. Además, si también se acaba el fondo de emergencia de los estados, los diputados pueden dar una cantidad extra, pero no mayor al 20% de lo que hayan sacado de la Reserva en ese año. Finalmente, una vez que los diputados den el visto bueno, el encargado del Fondo Mexicano del Petróleo ordena transferir el dinero a la Tesorería de la Federación (donde se guarda el dinero del gobierno). Este artículo ya no está vigente desde el 31 de diciembre de 2008.
- Art. 98Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado oficialmente de la ley el 31 de diciembre de 2008. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. Así que no te preocupes por lo que decía, porque ya no existe legalmente.
- Art. 99El Artículo 99 ya no existe, fue eliminado de la ley el 31 de diciembre de 2008. Esto quiere decir que ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica para nada. En términos legales, se le llama "derogado" cuando una ley se quita o se cancela oficialmente. Así que, básicamente, ese artículo ya no tiene efecto y no debes tomarlo en cuenta.
- Art. 100El Artículo 100 fue eliminado de la ley el 31 de diciembre de 2008, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Esto significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal, como si nunca hubiera estado vigente. En términos simples, ya no hay reglas que aplicar de ese artículo. No debes preocuparte por él porque para cualquier situación actual no cuenta.
- Art. 101Este artículo ya no está vigente. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley, en este caso desde el 31 de diciembre de 2008. En pocas palabras, ya no existe ni se aplica, así que no tienes que preocuparte por lo que decía.
- Art. 102Este artículo ya no es válido, se eliminó de la ley el 31 de diciembre de 2008. Lo que antes decía ya no aplica para nada, así que no tienes que preocuparte por cumplirlo.
- Art. 103Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 31 de diciembre de 2008. En lenguaje legal, "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto y no se debe aplicar.
- Art. 104Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 31 de diciembre de 2008. Cuando un artículo se deroga, es como si nunca hubiera existido, así que ya no tienes que preocuparte por cumplirlo ni aplicarlo.
- Art. 105Este artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley el 31 de diciembre de 2008. Le decimos que está "derogado", que es como decir que se borró del libro de reglas.
- Art. 106Este artículo dice que todas las dependencias del gobierno que usan dinero público deben cumplir con las reglas de transparencia, es decir, tienen que hacer pública la información sobre cómo gastan el dinero. La información sobre obras y servicios, por ejemplo, debe estar disponible para ti en la misma fecha en que el gobierno entrega sus informes trimestrales al Congreso. Si el Congreso les pide más detalles sobre su presupuesto, están obligados a entregarlos. Además, la Secretaría de Hacienda y otras entidades deben dar información a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación cuando ellas lo soliciten legalmente. Si alguien no cumple con esto, se le aplicarán las sanciones que marca la ley contra servidores públicos que cometen faltas administrativas.
- Art. 107El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, debe entregarle al Congreso informes cada mes y cada tres meses sobre cómo va el dinero del país. Los informes trimestrales se entregan 30 días después de que termina el trimestre e incluyen cuánto dinero entró, cómo se gastó el presupuesto y cómo está la economía. También deben mostrar si los programas del gobierno están cumpliendo sus metas y cómo benefician a la gente, para que sea más fácil evaluarlos. Las dependencias que gastan dinero tienen la obligación de mandar su información a tiempo para armar estos reportes. Además, los informes deben traer datos sobre empleo, precios, ingresos por impuestos y petróleo, y cómo va la lucha contra la evasión fiscal y el contrabando.
- Art. 108Tres dependencias del gobierno (la Secretaría de Hacienda, la Secretaría Anticorrupción y el Banco de México) van a ponerse de acuerdo para crear un sistema de computadora que tenga toda la información sobre el dinero que entra y sale del gobierno. Los diputados de las comisiones de Hacienda y de Presupuesto van a poder consultar este sistema, pero solo hasta donde lo permitan las leyes y las reglas que se establezcan. Los funcionarios públicos que manejen datos secretos de este sistema tienen la obligación de guardarlos bajo llave, y si no lo hacen, les van a aplicar castigos según la ley de responsabilidades de servidores públicos.
- Art. 109El artículo dice que la información sobre los proyectos de inversión del gobierno y sus análisis de costo-beneficio debe ponerse en internet para que cualquier persona pueda consultarla. La única excepción es si la dependencia considera que esa información es reservada por su naturaleza, pero siempre deben seguir las reglas de la Ley de Transparencia. Además, la Secretaría (la dependencia encargada) va a crear reglas generales para manejar la información de los activos financieros del gobierno. Y el órgano de control de cada dependencia es el que se asegura de que esas reglas se cumplan tal cual.
- Art. 110La Secretaría revisa cada tres meses cuánto dinero entra y sale del gobierno, viendo si los gastos van de acuerdo al plan de presupuesto de las oficinas públicas. Además, los diputados revisan cada tres meses si se están cumpliendo las metas de los programas aprobados, usando la información que les manda el gobierno. Para checar qué tan bien se hizo el trabajo, se verifica si se lograron los objetivos usando indicadores (como medidores) que muestren cómo se usó el dinero público. Las evaluaciones las puede hacer la misma dependencia o empresas especializadas contratadas, que deben ser independientes, imparciales y transparentes. Estas evaluaciones se hacen públicas y deben incluir, entre otros datos: quién evaluó, cómo se contrató, los cuestionarios usados, los resultados principales y cuánto costó hacer la evaluación.
- Art. 111La Secretaría (como la de Hacienda) tiene que revisar cada tres meses cómo van los gastos y resultados de todas las dependencias del gobierno federal. Esto lo hace usando un sistema de evaluación que mide si el dinero se está usando de manera eficiente, eficaz y con calidad, además de ver si los programas benefician a la sociedad. Todas las oficinas del gobierno también deben aplicar esta misma revisión con las áreas que coordinan. Ese sistema de evaluación es obligatorio para todos los que gastan dinero público. Incluye indicadores para medir la calidad de los servicios, qué tan satisfecho está el ciudadano y si se cumplen las metas. La Secretaría define cómo aplicar esos indicadores, y los Poderes Legislativo y Judicial, así como los organismos autónomos, pueden definir los suyos propios. Cuando las dependencias hacen sus propuestas de presupuesto, deben tomar en cuenta estos indicadores, y los resultados tienen que aparecer en la Cuenta Pública explicando por qué hubo cambios en los gastos. Además, el sistema debe incluir indicadores para medir si los programas ayudan a la igualdad entre mujeres y hombres, y combaten la violencia de género. Todos estos resultados se usan para planear y ejercer el presupuesto.
- Art. 112Básicamente, este artículo dice que si alguien no cumple con lo que ordena esta Ley, su Reglamento o cualquier otra regla relacionada, se le va a castigar. Ese castigo se aplicará siguiendo lo que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y otras leyes que se basan en el Título Cuarto de la Constitución. En corto, si haces algo que vaya contra estas reglas, te pueden sancionar conforme a las leyes ya existentes para servidores públicos. No te salvas solo porque no esté escrito aquí mismo.
- Art. 113La Auditoría tiene la facultad de investigar y sancionar a funcionarios públicos cuando cometan faltas o actos indebidos con el dinero o los bienes del gobierno. Esto lo hace siguiendo las reglas establecidas en la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y otras leyes relacionadas. En pocas palabras, es como el "vigilante" que se asegura de que quienes manejan recursos públicos rindan cuentas y, si hacen algo mal, enfrenten consecuencias.
- Art. 114Este artículo dice que los servidores públicos (empleados del gobierno) serán castigados si hacen alguna de estas cosas: 1. Dañan el dinero del gobierno federal, incluyendo recursos de los Poderes o de cualquier organismo público. 2. No siguen las reglas para planear, presupuestar, gastar, controlar o evaluar el dinero público. 3. No llevan los registros de gastos y cuentas de manera clara y honesta. 4. Saben que alguien está dañando el dinero público y, pudiendo evitarlo o reportarlo a su jefe, no lo hacen. 5. Usan para ellos o para otros el dinero o bienes que recibieron por su trabajo (como en depósito o administración). 6. No entregan a tiempo la información que les piden la Secretaría de Hacienda o la Función Pública. 7. No le dan información al Congreso cuando la ley se los pide. 8. Hacen cosas (o dejan de hacerlas) que impiden que los recursos se usen de manera eficiente para cumplir las metas del año. 9. A propósito hacen o dejan de hacer algo para gastar menos de lo presupuestado, incumpliendo las metas. 10. Violan las reglas generales que emiten la Secretaría de Hacienda, la Función Pública o la Auditoría Superior de la Federación.
- Art. 115Si un funcionario público o cualquier persona o empresa causa un daño económico al gobierno federal o a sus instituciones, tiene la obligación de pagar por ese daño, incluyendo las ganancias que obtuvo de manera ilegal por no cumplir con lo que dice esta ley. Primero, se castigará a quien directamente hizo el daño o cometió la falta. Después, también pueden ser responsables sus jefes o supervisores, si por descuido, mala intención o negligencia dejaron de revisar o autorizaron lo que pasó. Además, si una persona o empresa privada participó en el problema, también será responsable junto con el funcionario público, como si fueran cómplices.
- Art. 116Las multas o pagos por daños que se impongan por esta ley se consideran deudas con el gobierno, como si fueran impuestos. Se calculan en una cantidad exacta de dinero y se cobran usando el mismo proceso que el gobierno usa para cobrar impuestos atrasados. Esto significa que si no pagas, el gobierno puede embargarte bienes o cuentas bancarias para cobrar. No hay opción de pagar en abonos o negociar, a menos que la ley lo permita.
- Art. 117Los que manejan el dinero público deben avisar a las autoridades si descubren que alguien rompió esta ley de una manera que también sea un delito penal. O sea, si además de violar las reglas de gasto, la persona cometió algo que la ley castiga como crimen, como un fraude o un robo. El aviso se lo tienen que dar a la autoridad que corresponde, como la fiscalía o un juez. Así se aseguran de que no solo se castigue la falta administrativa, sino también el delito si aplica.
- Art. 118El artículo 118 dice que las multas y los pagos por daños que marca esta ley se pueden cobrar sin importar si también se castiga a la persona por otros delitos, como los políticos, penales, administrativos o civiles. Esto significa que alguien puede ser sancionado por esta ley y al mismo tiempo enfrentar otras consecuencias legales aparte. Los artículos siguientes explican cuándo empieza a aplicarse la ley (1 de abril de 2006), que reemplaza a una ley anterior, y cómo se irán ajustando ciertos sistemas y reglamentos hasta que estén listos los nuevos.