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Ley
LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo
64

Artículo 64 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que el gobierno aprobó para pagar a sus empleados (servidores públicos) debe cubrir todo lo siguiente: su sueldo normal y pagos extra, las cuotas de su seguro social y pensiones, las primas de seguros de vida o gastos médicos, y los impuestos que se generen por esos pagos. En pocas palabras, ese presupuesto sirve para pagarles su salario, prestaciones e impuestos relacionados, sin dejar nada fuera.

Texto oficial

Artículo 64.- El gasto en servicios personales aprobado en el Presupuesto de Egresos comprende la totalidad de recursos para cubrir: I. Las remuneraciones que constitucional y legalmente correspondan a los servidores públicos de los ejecutores de gasto por concepto de percepciones ordinarias y extraordinarias; II. Las aportaciones de seguridad social; III. Las primas de los seguros que se contratan en favor de los servidores públicos y demás asignaciones autorizadas en los términos de las normas aplicables, y IV. Las obligaciones fiscales que generen los pagos a que se refieren las fracciones anteriores, conforme a las disposiciones generales aplicables.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (pág. 47) ↗

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