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Artículo 79 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, decide cómo y cuándo se deben usar los subsidios que da a los estados, municipios y, si aplica, a grupos sociales o empresas. Esto lo hace basándose en el presupuesto autorizado y siguiendo las reglas de los artículos 74 al 78 de esta ley. Si tú recibes uno de estos apoyos, estás obligado a entregar a la Secretaría todos los datos que te pida sobre en qué gastaste el dinero.

Texto oficial

Artículo 79.- El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, con base en el Presupuesto de Egresos y sujetándose en lo conducente a los artículos 74 a 78 de esta Ley, determinará la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que otorgue a las entidades federativas, a los municipios y, en su caso, a los sectores social y privado. Los beneficiarios a que se refiere el presente artículo deberán proporcionar a la Secretaría la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.