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Artículo 81 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando una oficina del gobierno recibe un dinero como regalo (donativo), tiene que depositar ese dinero en la tesorería (como si fuera la caja grande del gobierno), no puede quedárselo ni gastarlo por su cuenta. Después, para poder usar ese dinero, debe pedir permiso para aumentar su presupuesto, como lo marca el artículo 19 de esta ley. Si el donativo viene del extranjero, la dependencia o entidad que lo recibe debe seguir reglas especiales que están en el reglamento correspondiente.

Texto oficial

Artículo 81.- Las dependencias que reciban donativos en dinero deberán enterar los recursos a la Tesorería de la Federación y, en el caso de las entidades, a su respectiva tesorería; asimismo, para su aplicación deberán solicitar la ampliación correspondiente a su presupuesto conforme al artículo 19 de esta Ley. Las dependencias y entidades que soliciten y, en su caso, ejerzan donativos provenientes del exterior deberán sujetarse al Reglamento y demás disposiciones aplicables. TÍTULO CUARTO Del Gasto Federal en las Entidades Federativas CAPÍTULO I De los recursos transferidos a las entidades federativas

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.