Artículo 22 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las dependencias del gobierno, como ministerios o instituciones, tienen que ponerse de acuerdo con la Secretaría de Hacienda sobre cuánto dinero planean gastar y ganar en el año. Ese compromiso lo deben fijar durante los primeros dos meses del año. Después, Hacienda, la Secretaría de la Función Pública y el jefe de cada sector supervisan cada cierto tiempo que se esté cumpliendo lo prometido. Todo eso lo reportan en informes que se entregan cada tres meses.
Texto oficial
Artículo 22.- Las entidades deberán comprometer ante la Secretaría sus respectivas metas de balance de operación, primario y financiero, en el primer bimestre de cada ejercicio fiscal. La Secretaría, la Función Pública y, en su caso, la dependencia coordinadora de sector, llevarán el seguimiento periódico del cumplimiento de dichos compromisos, el cual deberán reportar en los informes trimestrales. LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-04-2026 22 de 125
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