Artículo 3 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice quién es el encargado de aclarar dudas sobre cómo aplicar la Ley de Presupuesto. Para los asuntos del gobierno federal (el Ejecutivo), la explicación de la ley la dan la Secretaría de Hacienda y la Función Pública, cada una en lo que le toca. Cuando la ley no conteste algo, se usan como apoyo la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Fiscal de la Federación. Todas las dependencias del gobierno deben seguir las reglas que saquen esas dos instituciones para cumplir bien la ley, y esas reglas se tienen que publicar en el Diario Oficial de la Federación para que todos las conozcan.
Texto oficial
Artículo 3.- La interpretación de esta Ley, para efectos administrativos y exclusivamente en el ámbito de competencia del Ejecutivo Federal, corresponde a la Secretaría y a la Función Pública en el ámbito de sus respectivas atribuciones. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Fiscal de la Federación serán supletorios de esta Ley en lo conducente. Las dependencias y entidades deberán observar las disposiciones generales que emitan la Secretaría y la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, para dar correcta aplicación a lo dispuesto en esta Ley y el Reglamento. En el caso de los Poderes Legislativo y Judicial y de los entes autónomos, sus respectivas unidades de administración podrán establecer las disposiciones generales correspondientes. Las disposiciones generales a que se refiere el párrafo anterior deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación. LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-04-2026 8 de 125
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.