Artículo 83 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando el gobierno federal (dependencias o entidades) le pasa dinero a los estados (entidades federativas) mediante convenios para cumplir objetivos de programas federales, ese dinero sigue siendo federal, no se convierte en dinero del estado. Por lo tanto, los estados deben comprobar cómo gastaron ese dinero siguiendo las reglas de la ley. Además, los estados están obligados a entregar todos los comprobantes de gasto. Para que todo sea transparente y rápido, la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de la Función Pública van a emitir lineamientos, y la Auditoría Superior de la Federación dará guías a los estados para que puedan fiscalizar ese dinero correctamente. Si alguna dependencia federal quiere hacer un convenio de este tipo, debe usar el modelo que ya autorizaron esas secretarías y pedir el permiso presupuestal correspondiente.
Texto oficial
Artículo 83.- Los recursos que transfieren las dependencias o entidades a través de los convenios de reasignación para el cumplimiento de objetivos de programas federales, no pierden el carácter federal, por lo que éstas comprobarán los gastos en los términos de las disposiciones aplicables; para ello se sujetarán en lo conducente a lo dispuesto en el artículo anterior, así como deberán verificar que en los convenios se establezca el compromiso de las entidades federativas de entregar los documentos comprobatorios del gasto. La Secretaría y la Función Pública emitirán los lineamientos que permitan un ejercicio transparente, ágil y eficiente de los recursos, en el ámbito de sus competencias. La Auditoría proporcionará a las áreas de fiscalización de las legislaturas de las entidades federativas las guías para la fiscalización y las auditorías de los recursos federales. Las dependencias o entidades que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al convenio modelo emitido por la Secretaría y la Función Pública, así como obtener la autorización presupuestaria de la Secretaría. CAPÍTULO II De la regionalización del gasto
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.