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Ley
LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo
6

Artículo 6 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, se encarga de planear, asignar el dinero, revisar y controlar el gasto público de todas las dependencias y oficinas del gobierno. Además, la Secretaría de la Función Pública verifica que ese gasto se haga correctamente según la ley. Los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos autónomos (como el INE), deben coordinarse con Hacienda para planear su presupuesto, pero ellos mismos controlan y evalúan cómo gastan su dinero, de acuerdo con sus propias reglas.

Texto oficial

Artículo 6.- El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, estará a cargo de la programación, presupuestación, evaluación y control presupuestario del gasto público federal correspondiente a las dependencias y entidades. Asimismo, la Función Pública, en términos de las disposiciones jurídicas que rigen sus funciones de control y auditoría, inspeccionará y vigilará el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley y de las que de ella emanen, respecto de dicho gasto por parte de las dependencias y entidades. Párrafo reformado DOF 30-12-2015 Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos, por conducto de sus respectivas unidades de administración, deberán coordinarse con la Secretaría para efectos de la programación y presupuestación en los términos previstos en esta Ley. El control y la evaluación de dicho gasto corresponderán a los órganos competentes, en los términos previstos en sus respectivas leyes orgánicas.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (pág. 10) ↗

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