Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFPRH/8
Ley
LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo
8

Artículo 8 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal, a través de la Secretaría correspondiente, decide si el Estado puede meterse como socio en empresas o asociaciones, ya sean civiles o comerciales. Esto aplica cuando se quiere crear una empresa nueva, aumentar su dinero o bienes, o comprar una parte o la totalidad de una que ya existe. Todo esto se hace siguiendo las reglas de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, que es la ley que controla a las empresas del gobierno. En pocas palabras, el gobierno necesita autorización oficial para invertir o ser dueño de empresas privadas o públicas.

Texto oficial

Artículo 8.- El Ejecutivo Federal autorizará, por conducto de la Secretaría, la participación estatal en las empresas, sociedades y asociaciones, civiles o mercantiles, ya sea en su creación, para aumentar su capital o patrimonio o adquiriendo todo o parte de éstos en los términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 8 de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, explicado | Precedente Legal