- Ley
- LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
- Artículo
- 19 Ter
Artículo 19 Ter de la LEY Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de un dinero que los partidos políticos deben regresar al gobierno cuando les sobra o no lo usan. Ese dinero se puede usar para ayudar en desastres como huracanes, temblores o incendios que pongan en riesgo a la gente. Sin embargo, la ley que decía que ese dinero se usara "preferentemente" (como prioridad) para esas emergencias fue declarada inválida por la Suprema Corte. También se anuló la parte que mencionaba "o remanentes de recursos", así que solo aplica para los casos de dinero sobrante que los partidos devuelvan. En pocas palabras, el gobierno aún puede destinar esos fondos a desastres, pero ya no es obligatorio que sea su prioridad.
Texto oficial
Artículo 19 Ter. Los ingresos, por concepto de aprovechamientos, que correspondan a las disponibilidades [o remanentes de recursos] que los partidos políticos enteren a la Tesorería de la Federación en términos del artículo 23, numeral 1, inciso d), cuarto párrafo, de la Ley General de Partidos Políticos, podrán ser destinados por la Secretaría [preferentemente] para atender los efectos de cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro. Artículo adicionado DOF 27-02-2022 Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 11-10-2022 y publicada DOF 26-06-2023 (En las porciones normativas “o remanentes de recursos” y “preferentemente”)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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